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¿Te quieres cambiar al Resico?: Guía para darte de alta

Si tienes una pequeña empresa o trabajas por honorarios profesionales, el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico) te puede convenir. Te decimos como realizar el cambio de régimen fiscal.

Si tienes una pequeña empresa o trabajas por honorarios profesionales, el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico) te puede convenir.

Si después de analizar los pros y contras del nuevo régimen decidiste darte de alta, te recordamos que tienes hasta el 31 de enero para hacer el cambio ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El Resico tiene beneficios de tasas reducidas en el Impuesto sobre la Renta (ISR) entre el 1 y 2.5%, dependiendo de los ingresos de los, a fin de pagar sus impuestos de manera rápida y eficaz, siempre y cuando no se superen los 3.5 millones de pesos al año y se realicen las siguientes actividades.

  • Empresariales y profesionales
  • Régimen de Incorporación Fiscal
  • Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento)
  • Agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas

Recientemente el SAT habilitó un sitio para despejar dudas y conocer más del nuevo régimen fiscal. En el microsito, que puedes conocer aquí, los contribuyentes podrán encontrar preguntas frecuentes y tutoriales que serán de utilidad para presentar avisos o cualquier otro requisito indispensable para formar parte de este nuevo régimen.

¿Cómo me doy de alta?

Si ya decidiste cambiarte a Resico y eres nuevo en el SAT, lo primero que debes hacer es inscribir tu RFC, generar tu firma electrónica y activar tu buzón tributarios, después expedir y solicitar facturas trincadas validas ante el SAT, ingresar al portal y generar la línea de captura y realizar el pago correspondiente.

Si lo que buscas es hacer un cambio de régimen ingresa al SAT, en la parte superior izquierda selecciona el apartado de Personas> Tramites del RFC> Actualización en el RFC > Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligatorias.

Se desplegará un texto y hasta abajo del lado derecho un botón de iniciar, (da clic). Automáticamente se abrirá otra página para acceder al portal, al cual se puede acceder por RFC o firma electrónica. (No desesperes, esta parte suele tardar en cargar, si aparece la pantalla en blanco solo espera).

La página mostrará los datos del representante legal y en la parte inferior izquierda aparece la fecha del movimiento, ahí coloca la fecha del día y da clic en continuar.

Se desplegará otra página donde estará la opción: Optas por Régimen Simplificado de confianza ya que: (selecciona la que se adecue a tus actividades)

  • Realizas actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesquera
  • Realizas actividades empresariales (entre otras las comerciales, industriales o de servicios)
  • Cobras renta por el alquiler de casa habitación, oficina, locales
  • Presentas servicios profesionales de manera independiente

Te aparecerá un aviso de información sobre lo que estás obligado a hacer, da aceptar y continuar.

Aparecerán las actividades económicas de acuerdo a tu perfil, selecciona la que más se adecue a tu actividad económica. Posteriormente se desprenderá una lista más detallada, selecciona la adecuada >continuar.

Después aparecerá el porcentaje de la actividad, si solo es una será al 100% si son más habrá que dividir el porcentaje.

El SAT mostrará opciones para definir si se tiene trabajadores, selecciona la que corresponda a tu actividad empresarial.

Se desplegará el nuevo régimen >Guarda datos del cuestionario > confirmar y ¡Listo!, el cambio se ha realizado.

Editora El Empresario. Periodista especializada en emprendimiento, pymes, creación de negocios, management y liderazgo. Desde el 2017 coordina El Empresario

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