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Cofetel establece nuevas tarifas de interconexión

El regulador determina nuevas tarifas de interconexión que las operadoras deberán abonar a Telmex y Telnor por el tránsito de sus servicios en redes de las primeras.

La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) determinó nuevas tarifas de interconexión que las operadoras de telefonía deben abonar a Teléfonos de México (Telmex) y Teléfonos del noreste (Telnor).

Así, una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyera la revisión de dos amparos en materia de interconexión, la Cofetel prosiguió a establecer nuevas tarifas Nextel, Iusacell, Operbes y Bestphone.

Para NII Digital, controladora de Nextel de México, el regulador determinó que del periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 deberá pagar a Telmex y Telnor 0.3951 pesos por servicios de terminación conmutada de usuarios fijos.

Por servicios de tránsito local, Nextel pagará 0.01904 pesos por minuto y por originar o terminar tráfico en un punto de interconexión que requiere de facilidades de transmisión adicionales, 0.04530 pesos por minuto.

Asimismo, la Cofetel resolvió que las tarifas de interconexión que deben pagar Operbes y Bestphone para el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 a las empresas de Carlos Slim por servicios de terminación conmutada en usuarios fijos es de 0.03951 pesos por minuto y por servicios de tránsito local 0.01904 pesos por minuto.

Sobre el diferendo entre Telmex y empresas de Grupo Iusacell, así como el correspondiente a Iusacell PCS y Teléfonos del Noroeste, la Cofetel resolvió que para el periodo del 20 de octubre al 31 de diciembre de 2011 se debe aplicar una tarifa por servicios de terminación conmutada en usuarios fijos de 0.03951 pesos por minuto.

Por originar o terminar tráfico en un punto de interconexión que requiere de facilidades de transmisión adicionales el precio aplicable es de 0.04530 pesos por minuto y por servicios de tránsito local de 0.01904 pesos por minuto.

El pleno del órgano regulador determinó que para la aplicación de estas tarifas, la duración de las llamadas completadas debe ser medida en segundos, y que no debe haber un sobrecargo por intentos de llamadas no completadas en la originación o terminación del tráfico.

Refiere que debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encontraba en el proceso de revisión de dos amparos en materia de interconexión, se mantuvo atenta y a la espera de la conclusión de dichos análisis para resolver los desacuerdos de interconexión pendientes.

nlb

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