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Concentración Uber-Cornershop implica un replanteamiento de la Neutralidad de la Red: Gnius
La propuesta de fusión de las empresas involucra un trabajo de análisis fuertemente sustentado entre los órganos reguladores, dado que la concentración Uber-Cornershop pondrá a prueba el entramado regulatorio por los distintos impactos que irá generando la innovación digital en la economía, planteó el analista Juan Gnius, de la firma Telracom.
La disputa por el análisis de la concentración Uber-Cornershop tiene en la Neutralidad de la Red un componente que hace parte importante de la argumentación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para atraer el caso a su ámbito regulatorio, pero este es un concepto que también deberá replantearse ante la aparición de nuevas redes de comunicación y servicios sobre tecnologías novedosas como el cloud que modificarán todo el negocio de los operadores.
Por todo esto, la propuesta de fusión de esas empresas involucra un trabajo de análisis fuertemente sustentado entre los órganos reguladores, dado que la concentración Uber-Cornershop pondrá a prueba el entramado regulatorio por los distintos impactos que irá generando la innovación digital en la economía, planteó el analista Juan Gnius, de la firma Telracom.
“La importancia del caso no se resuelve por determinar qué organismo tiene injerencia en la aprobación o no de la fusión. Por el contrario, existen muchas situaciones similares que tensionarán el andamiaje regulatorio de los países para abordar la economía digital y estos se multiplicarán hacia el futuro. Este es el desafío regulatorio, una estructura pensada en silos que se deberá resolver transversalmente”, dijo Gnius en un comentario desde Buenos Aires.
Juan Gnius ejemplificó un caso en el que las industrias digital y automotriz coinciden, y es aquel que tiene que ver con los autos conectados, pues se trata de una innovación donde se combina un servicio y un bien de transporte con insumos de telecomunicaciones, y ante la disyuntiva de qué tipo de autoridad corresponde regular el asunto, cabe más la pregunta de cómo se regula de manera transversal, donde todas las autoridades potencialmente involucradas pueden aportar su visión a un servicio o concentración así.
Debe recordarse, además, que en el mercado ya existen demasiadas plataformas que ofrecen servicios que pueden sustituir a aquellos ofrecidos por las empresas tradicionales de telecomunicación y hay casos en que éstas cuentan con accionistas que son esas mismas empresas de telecomunicaciones.
Con esto, el experto saluda a la posibilidad de que en México la autoridad antimonopolios y el regulador de telecomunicaciones valoren la posibilidad de colaborar cercanamente en el caso Uber-Cornershop.
“Entre los argumentos del IFT para adjudicarse la potestad sobre la fusión Uber-Cornershop aparece la Neutralidad de Red. Este también es un concepto que deberá repensarse, pues la innovación digital de las telecomunicaciones y red 5G justamente avanzan sobre el manejo y administración de las redes para la oferta de nuevos servicios sobre la base de tecnologías que, dependiendo de la conceptualización regulatoria que se tenga de la Neutralidad de Red, podrían infringir el marco legal”, platicó Juan Gnius.
Uber y Cornershop hacen uso de las TICs para crear y ofrecer su servicio. Los usuarios utilizan las redes de telecomunicaciones para utilizarlo. De esto se trata la economía digital”, dijo Gnius.
En México, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) han abierto un pulso para esclarecer a quién corresponde evaluar esa concentración y es posible que el Poder Judicial termine por resolver a cuál de esos dos órganos toca revisar la fusión de Uber con Cornershop.
La Cofece se respalda en que este asunto tiene que ver con mercados de logística y alimentos; en tanto que el IFT argumenta que se trata de manejo de datos sensibles que pueden definir planes de negocio al conocer conductas de los usuarios y que también toca con Neutralidad de Red.
“La concentración tiene lugar en el sector de telecomunicaciones, porque se refiere a la unión de dos plataformas digitales, cuyas principales actividades consisten en comunicar, conectar y enlazar por medios electrónicos a distintos grupos de usuarios, analizar y usar datos, operar centros de datos de cómputo en la nube, programar y desarrollar algoritmos, entre otros (…) Es por ello que el estudio y análisis de estas aplicaciones en los mercados no pueden apartarse del sector de las telecomunicaciones”, dijo un comisionado del IFT.
“La competencia entre ambas autoridades deberá definirla el Poder Judicial, evaluando los méritos del caso, considerando las características de los productos y servicios ofrecidos por las empresas involucradas en el procedimiento. La Cofece ha brindado múltiples elementos a los tribunales para sostener que esta posible fusión es competencia de esta autoridad y está a la espera de la resolución final”, advirtió la autoridad antimonopolios.
kg