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Consumidores podrán llenar directamente sus cilindros de gas LP: CRE

Desde ayer, el consumidor mexicano ya puede acudir directamente a una estación de servicio a llenar su cilindro con hasta 10 kilos de contenido máximo.

El consumidor ya puede acudir directamente a una estación de servicio a llenar su cilindro con hasta 10 kilos de contenido máximo.

Este martes la Agencia de Seguridad de Energía y Ambiente (ASEA) publicó en el Diario

Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM 004-ASEA-2017 para el expendio al público de gas LP por medio del llenado parcial o total de recipientes portátiles a presión (cilindros), la cual establece las condiciones mínimas de seguridad para que el consumidor pueda acudir directamente a una estación de servicio a llenar su cilindro con hasta 10 kilos de contenido neto máximo y corroborar, a través de una báscula, que le sea entregada la cantidad exacta del combustible.

Dicha norma fue resultado del trabajo de un grupo multidisciplinario en el que participó la industria, academia y dependencias federales, entre ellas la Comisión Reguladora de Energía (CRE), quien será la responsable de emitir y regular los permisos para realizar dicha actividad.

De los 2,654 permisos de expendio al público de gas LP mediante estación de servicio para vehículos automotores que están vigentes actualmente, aquellos que cumplan con esta norma podrán realizar el llenado de cilindros en las mismas instalaciones.

Por otro lado, la expedición de esta norma, impulsa el desarrollo de nuevos segmentos de mercado, mismos que amplían las oportunidades de inversión en la industria del gas LP.

Se estima que, con esta norma, aumentará el uso de cilindros de10 kilos de gas LP en el mercado, sobre todo en las zonas de escasos recursos donde el consumidor tendrá la opción de rellenar su cilindro utilizando una cantidad de dinero que se ajuste a sus posibilidades, estableció la CRE.

kgarcia@eleconomista.com.mx

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