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Gobierno federal creará organismo para prohibir la importación de productos elaborados por trabajo forzoso
Trabajará de la mano de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para impedir la importación de mercancías elaboradas por trabajadores retenidos a la fuerza.
La Secretaría de Economía publicó el anteproyecto del decreto por el que se establece la creación de la Comisión Intersecretarial relativa al Trabajo Forzoso, con el fin de implementar en México la prohibición de importaciones de productos elaborados por trabajo forzoso.
En la página de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), la dependencia detalló que el artículo 23.6, referente al trabajo forzoso u obligatorio, dentro del T-MEC, tiene como finalidad eliminar todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil; por consiguiente, las partes del tratado se obligan a prohibir la importación de mercancías a sus territorios, procedentes de otras fuentes producidas en su totalidad o en parte por trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil forzoso u obligatorio.
En ese sentido, el Gobierno de México busca establecer una Comisión Intersecretarial, que permita restringir la importación de mercancías producidas bajo estas condiciones; además, será la misma la que se encargue de vigilar y asegurar el debido cumplimiento de las disposiciones aduaneras relacionadas con la restricción a la entrada de mercancías a territorio nacional.
Dicha Comisión estaría integrada por la Secretaría de Economía, quien la presidirá, y por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); quienes podrían tener sesiones ordinarias convocadas por lo menos una vez cada seis meses, de acuerdo con el calendario anual que para tal efecto se apruebe por la Comisión y, las extraordinarias, tantas veces como sea necesario.
Además, será posible invitar a las sesiones con derecho de voz, pero sin voto, a las personas servidoras públicas de la administración pública federal, de entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, instancias de procuración de justicia, representantes de los Poderes Legislativo y Judicial, órganos constitucionales autónomos; instituciones u órganos públicos, así como a personas físicas o morales del sector privado, únicamente para tratar temas que en el ámbito de su competencia o que por su experiencia fortalezcan las actividades de la Comisión.
Entre las tareas que va a desempeñar se encuentran las de analizar las evidencias para determinar la posible existencia de trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil, de acuerdo con los tratados internacionales de los que nuestro país forme parte. Y elaborará opiniones respecto a las solicitudes que le sean presentadas, para proponer, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, una prohibición temporal o definitiva a la importación de mercancías derivadas de este tipo de actividades.
Y elaborará opiniones respecto a las solicitudes que le sean presentadas, para proponer, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, una prohibición temporal o definitiva a la importación de mercancías derivadas de trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil forzoso u obligatorio.
Dicha propuesta, una vez que sea aprobada y publicada en el DOF, entrará en vigor y en los siguientes 30 días siguientes, deberá instalar la Comisión.
pilar.martinez@eleconomista.mx
kg