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IFT aprueba auditor para la venta de Fox Sports

Con la designación del Agente de Desincorporación propuesto por Disney y Twenty-First Century Fox, Inc. se inicia el periodo de seis meses otorgado para la venta de los canales de Fox Sports en México.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dio a conocer que se aprobó a los candidatos propuestos por The Walt Disney Company (Disney) y Twenty-First Century Fox, Inc. (Fox), para fungir como Auditor Independiente y Agente de Desincorporación, cuyas tareas permitirán la venta de los canales de Fox Sports en México.

El organismo indicó que con la designación del Agente de Desincorporación se inicia el periodo de seis meses otorgado para la venta, los cuales son prorrogables por una sola ocasión por causas justificadas, previstas en las mismas condiciones.

A partir de la notificación de esta decisión del Pleno del IFT, Disney-Fox cuentan con un plazo de 10 días hábiles contados a partir de que les sea notificada la decisión, para designarlos en los cargos respectivos, agregó en un comunicado.

El órgano regulador también indicó que las partes también les notificaron el cumplimiento en la designación del Administrador Independiente, y presentaron copias de contratos de derechos de transmisión de eventos deportivos de Fox y de la provisión y licenciamiento de canales restringidos deportivos entre Fox y operadores de TV de paga, con lo que se da cumplimiento a dos condiciones más.

El pasado 11 de marzo el Pleno del IFT resolvió, por unanimidad, aprobar la concentración por la que The Walt Disney Company (Disney) adquiere activos de Twenty-First Century Fox (Fox), sujeta al cumplimiento de condiciones que previenen riesgos a la competencia.

Cabe destacar que para aprobar la fusión de Disney-Fox, el IFT ordenó desincorporar todo el negocio relacionado con la provisión y licenciamiento de los canales deportivos de Fox, conocidos comercialmente como Fox Sports, lo que incluye todos los activos necesarios para mantenerlo como un negocio viable e independiente de las partes.

Determinó que el plazo para desincorporar este negocio es de seis meses, prorrogables por un periodo igual sólo con causas justificadas, y en caso de no lograrse la venta a un tercero en este plazo, deberá afectarse el negocio a un fideicomiso con el mandato irrevocable de enajenar y/o liquidar el negocio.

Para llevar a cabo la desincorporación, las partes deben nombrar a un administrador independiente, quien, a partir de la fecha de cierre de la operación deberá hacerse cargo de la administración del negocio a desincorporar de manera separada e independiente de las partes.

Además, a un agente de desincorporación, con la aprobación del Ifetel, que tendrá el mandato de vender el negocio de la forma más inmediata posible.

Asimismo, a un auditor independiente, con la aprobación también del órgano regulador, que tendrá el encargo de supervisar e informar a la institución sobre el cumplimiento de las condiciones estructurales impuestas a las partes, lo que incluye la efectiva separación del negocio, mantener su operación independiente, preservar su viabilidad y competitividad, y realizar esfuerzos de venta.

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