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Iniciativa eléctrica obstruye la tercera parte de la IED en energía: abogados
La iniciativa de reforma eléctrica obstruirá en automático por lo menos la tercera parte de la inversión extranjera directa en México –que viene de Estados Unidos en el sector energético–, como lo han expuesto los 22 extrañamientos que tanto el gobierno del país vecino del norte como sus empresas han realizado.
La iniciativa de reforma eléctrica obstruirá en automático por lo menos la tercera parte de la inversión extranjera directa en México –que viene de Estados Unidos en el sector energético–, como lo han expuesto los 22 extrañamientos que tanto el gobierno del país vecino del norte como sus empresas han realizado y aunque literalmente no contradice lo relativo a acciones violatorias, como el Capítulo 8, o los artículos relacionados con el trato justo a extranjeros del Tratado de Libre Comercio con América del Norte (T-MEC), cancela contratos llevando a cabo expropiaciones indirectas, lo que llevará a México a litigios internacionales.
Así lo explicaron este martes abogados representantes de empresas estadounidenses y que participaron en la negociación del T-MEC frente a la alta cúpula jurídica de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el foro 14 del Parlamento Abierto para discutir la reforma eléctrica donde se abordó el tema 4 que se tratará a lo largo de esta semana sobre el Marco Constitucional y Legal de la Iniciativa de Reforma Eléctrica e inició este martes con la discusión acerca de la convencionalidad de la Iniciativa de Reforma Eléctrica: T-MEC y Reforma Eléctrica.
En su participación en el panel, Keneth Smith Ramos, exjefe de la Negociación Técnica de México para el T-MEC, aseguró que la reforma como está redactada podría resultar en demandas multimillonarias por violaciones al T-MEC.
El comercio internacional entre México y Estados Unidos representa 600,000 millones de dólares y es por ello que la administración actual aprobó el T-MEC de manera arrolladora.
En materia de energía el T-MEC tiene un capítulo 8 que dice que los hidrocarburos pertenecen a la nación y ésta puede cambiar su Constitución. Pero cualquier cambio a leyes tiene que ser compatible con los compromisos del Tratado.
“El tratado protege las inversiones en el sector eléctrico, mediante su Capítulo 14 y sólo se permiten excepciones a lo que está plasmado en el Tratado si en el acuerdo en sí se establecieron medidas específicas y si México no solicitó medidas específicas, sencillamente no se puede acotar el espacio para que el sector privado participe en el sector eléctrico”, aseguró.
Ana López Mestre Martínez, directora general del American Chamber of Commerce de México, que representa a 1,000 empresas que generan 8.5 millones de empleos en el país, dijo que el acceso a la energía es clave para la integración con América del Norte y la prioridad debe ser que las nuevas generaciones tengan energía confiable, barata y sobre todo limpia.
“Actualmente uno de cada tres pesos de inversión extranjera directa en energía en México viene de Estados Unidos, que es nuestro principal socio comercial y para estas empresas es muy importante que haya un mercado abierto, competencia y reglas claras”, dijo.
La reforma contraviene el principio de trato no discriminatorio entre empresas del Estado y privados del T-MEC y cancela contratos y cambia las reglas establecidas, lo que en términos del tratado constituye una expropiación indirecta, afecta el principio de competencia y prevención de prácticas monopólicas y pone a México ante el riesgo de enfrentar litigios internacionales porque el T-MEC tiene herramientas para proteger a los inversionistas, aseguró.
A decir de Raúl Jiménez Vázquez, abogado general de la CFE, el sistema jurídico no puede permanecer estático y el Estado tiene la obligación de realizar los cambios para satisfacer la demanda colectiva de servicios, sobre todo cuando se trata de derechos básicos como el acceso a la energía. La reforma eléctrica se basa en la conclusión de que la reforma del 2013 es un proyecto fallido e insostenible que no preserva la seguridad ni autosuficiencia energética, sometiendo a los vaivienes del mercado este sector estratégico para el país.
“Pone al país en un riesgo de contar con energía sujeta a los intereses privados que eventualmente realizan cobros excesivos e impagables para un amplio sector de la sociedad, como está ocurriendo en España”, dijo, “y sobre la CFE gravita la amenaza latente de su desaparición en el corto plazo”.
Por tanto, la reforma es absolutamente necesaria e impostergable, como lo reconoció ya el embajador Ken Salazar, refirió en lo relativo a la relación de México con Estados Unidos. Y de ninguna manera contraviene al T-MEC, ya que en su Capítulo 8 relativo al rubro de la energía claramente se establece que “México se reserva su derecho soberano de reformar su Constitución y legislación interna”, lo que significa que la reforma eléctrica no está en contra del ámbito de aplicación material del T-MEC.
“Esta exclusión anula cualquier intento de reclamar su invalidez a la luz del tratado comercial y de ninguna manera conlleva una expropiación directa o indirecta como se ha propagado, ya que en el T-MEC se entiende tal como la transferencia formal del título de propiedad y el gobierno no va a asumir ningún título o derecho de propiedad sobre las plantas de generación”, aseguró.
Almudena Otero de la Vega, abogada de litigios estratégicos de la Coordinación de Asuntos Contenciosos de la CFE, explicó que el T-MEC contiene un capítulo específico de protección de inversiones con las reglas de arbitraje internacional respecto a las disputas que puedan surgir entre inversionistas extranjeros y los Estados.
Existen entonces tres estándares mínimos en el T-MEC, que se mantienen si se aprueba la iniciativa de reforma eléctrica: el primero es el de nación más favorecida, del artículo 14.5 del T-MEC establece que el país otorgará a los inversionistas extranjeros un trato no menos favorable que el que otorga en circunstancias similares a otros extranjeros. La reforma no contradice este principio y las empresas podrán seguir participando en el sector independientemente de su nacionalidad, explicó.
El principio de trato nacional contenido en el capítulo 14 del T-MEC establece que el país otorgará a inversionistas extranjeros el mismo que se dé a los nacionales. “En este sentido, la forma en que está planteada la reforma a los Artículos 25, 27 y 28 Constitucionales no violan el principio de trato nacional”, explicó, además de que el 46% en el que podrán participar privados incluye tanto a nacionales como a extranjeros.
Finalmente, está el tercer principio del nivel mínimo de trato del Artículo 14.6 del T-MEC, que dice que el país otorgará a las inversiones un trato acorde con el derecho internacional, con acceso a justicia y transparencia, lo que tampoco se obstruye con los cambios legales, según la abogada de la CFE.