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PAN y MC van con reforma a Ley Telecom que limitará a indígenas

Diputados del PAN y Movimiento Ciudadano plantearán una reforma al Artículo 256 de la LFTR que regula el tema de derechos de las audiencias y que de ser modificado, obstaculizará la inclusión de los pueblos indígenas.

La Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados presentará este miércoles 5 de abril un proyecto de dictamen para su discusión y eventual aprobación, cuyo contenido pretende modificar el Artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), el artículo que regula todo el alcance de esa legislación en materia de derechos audiencias.

Las modificaciones impactarían directamente a los pueblos indígenas del país, al relegar del contenido del Artículo 256 palabras como pluralidad , veracidad y el fomento de la identidad nacional .

La eliminación de la palabra pluralidad del Artículo 256 también afectará las transmisiones en todo lo que significa la diversidad lingüística mexicana, derecho que además está consagrado en la Constitución al ser México un país con el castellano y las distintas lenguas autóctonas como sus idiomas oficiales.

DOCUMENTO: ¿Qué dice el Artículo 256 de la Ley Telecom sobre las Audiencias?

De aprobarse el dictamen, las transmisiones con contenido de los pueblos indígenas estarían más alejados de los medios de radiodifusión como lo son la radio y la televisión, pues en el Artículo 256 no existirían ya las obligaciones que ahora respaldan a esos grupos sociales en sus intenciones de llevar su cultura por las ondas de radio y TV, y más allá de sus localidades.

El proyecto que será presentado salió de las oficinas de los diputados Federico Döring, del PAN, y de José Clemente Castañeda Hoeflich, de Movimiento Ciudadano.

Dicho proyecto de paso estaría afectando a los derechos de las audiencias de los pueblos indígenas, al alejar sus posibilidades de transmitir en los medios electrónicos o de recibir programación para ellos.

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Las modificaciones que presentarán los diputados Döring y Castañeda Hoeflich son contrarias al espíritu al contenido de los artículos tercero y sexto de la Carta Magna, donde se garantiza el acceso a la información y la contribución de los medios a una mejor convivencia.

Radio Indígena

El proyecto también irá en contra del Artículo 2 de la Constitución, en el que se establece que los pueblos indígenas son una característica esencial de la identidad mexicana, que tienen derecho de participar en la vida nacional sin discriminación de ningún tipo.

Si el proyecto se aprueba, los diputados estarían además limitando al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en sus facultades de vigilar y sancionar en la materia.

NOTICIA: Radio indígena, la desprotegida de la reforma telecom

Organismos civiles solicitaron a San Lázaro detener la presentación del dictamen y llamar a consulta pública, para que de esta manera los pueblos indígenas puedan presentar sus opiniones.

La pluralidad y diversidad son un elemento esencial en el derecho de las audiencias como expresión del derecho a libertad de expresión e información y no se limita únicamente a contenidos informativos, sino que se expresa en toda la gama de tipos de contenidos, en los cuales se debe asegurar la inclusión de distintos puntos de vista y distintas realidades , dijo en un comunicado Erick Huerta, miembro del Consejo Consultivo del IFT y la ONG, Redes por la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad AC.

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Indígenas de Oaxaca tendrán su propia red de telecomunicaciones Ver nota.

erp

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