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Televisa vence a Megacable en una disputa por must-carry

El IFT resolvió que Megacable se excedió en fijar una tarifa mensual de 1.7 dólares por usuario que debe cobrar a Televisa, pero le dio la razón en que la tarifa que la televisora recauda por la retransmisión de sus canales nacionales debe ser de cero pesos.

Esta controversia es parte de una trama que inició en septiembre de 2016 entre Televisa y Megacable. Foto EE: Especial

Grupo Televisa venció a Megacable Holdings en una controversia sobre pagos económicos por retransmisión de canales de televisión abierta en plataformas de TV de paga y que inició en septiembre de 2016 con un cruce de comunicados en prensa.

El asunto se relaciona directamente con la política regulatoria del must-carry y must-offer, que obliga a los concesionarios de televisión abierta a permitir que concesionarios de televisión restringida retransmitan sus canales de cobertura nacional en sus propios sistemas de TV paga y consiente además una libertad tarifaria para que las partes fijen entre sí las tarifas que solventen los costos de los insumos por esas retransmisiones, pero sin impactar a los precios que pagan los consumidores por sus paquetes de servicio.

La política del must-carry/must-offer establece además que el agente económico preponderante de radiodifusión, en este caso Grupo Televisa, no puede beneficiarse económicamente con el hecho de permitir la retransmisión de las señales de sus canales nacionales como “Las Estrellas” o “Canal 5”, de alcance nacional y entre los más vistos de todo México.

Televisa cobra de esta manera una tarifa de cero pesos por permitir ese tipo de retransmisiones. Dado el escenario, Televisa sólo podría obtener un ingreso por este rubro, si América Móvil, el preponderante de telecomunicaciones, retransmitiera sus canales y en el caso de que regulatoriamente a aquella empresa se le permitiera también vender servicios de video en el país.

La controversia inició cuando Megacable estableció una tarifa mensual de 1.7 dólares por usuario que Televimex S.A. de C.V. de Grupo Televisa debía acreditar mes con mes como costo de retransmisión de sus señales. Al no obtener una respuesta afirmativa o negativa de Televimex en tiempo, Megacable acudió entonces al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para que en su calidad de árbitro de la industria fijara una tarifa para ambas empresas.

El IFT resolvió en el acuerdo de resolución P/IFT/111219/868 y expediente 2S.9.2.-37.005.16 que Megacable se excedió en fijar una tarifa mensual de 1.7 dólares por usuario, pero le dio la razón en que la tarifa que Televisa recauda por la retransmisión de sus canales nacionales debe ser de cero pesos.

Megacable había llegado a la conclusión de que los 1.7 dólares que Televimex debía pagarle resultaba de un análisis en que el criterio de mayor importancia utilizado fue el valor comercial del canal “Las Estrellas”, una señal con cobertura del 78.04% del territorio nacional, con televidentes que lo miran cuando menos 2.2 horas al día y generador, en parte, de los 3,278.4 millones de pesos que Televisa levantó por la venta de canales, programas y licencias en el tercer trimestre de 2016, cuando inició esta disputa.

Pero el IFT esclareció que esa cuota debía basarse en los costos de retransmisión, más no en el valor de un canal de televisión. La resolución salió del IFT con cinco votos a favor y dos votos diferenciados de los comisionados que hacen parte del pleno del regulador.

“Cuando Megacable le está exigiendo a Televisa esa tarifa, se lo está exigiendo en consideración del valor de la señal del canal Las Estrellas, es decir que le está cobrando con base en los ingresos del canal 2, más no por los costos que le implica el hecho de retransmitir la señal, por eso los comisionados llegan a la conclusión de que esa tarifa es excesiva”, explicó Agustín Ramírez, abogado especialista en telecomunicaciones y profesor en la Universidad Anáhuac.

“Obviamente, Televisa no puede beneficiarse de la regla de gratuidad por ser preponderante, pero es exagerado el costo que estaba planteando Megacable, porque el costo que dice no está vinculado con el costo de la retransmisión, sino con el valor de la señal de Grupo Televisa, que son dos cosas muy diferentes y por eso Televisa ganó aquí. Megacable fijó unilateralmente esa tarifa, aunque sí tiene derecho a un cobro y que Televisa compense el costo de retransmisión, pero no esa cifra. Eso es a lo que llegó el IFT”.

Cuando la disputa entre Megacable y Televisa inició por este asunto de pagos por retransmisión de señales, Megacable contaba con una base de 3 millones 29,891 usuarios de video; mientras que al cierre de septiembre de 2019, el último dato disponible, contaba con 3 millones 223,620 abonados de video y televisión de paga, el verdadero punto por lo que se enfrentaron las empresas en este rubro.

Esta controversia es parte de una trama que inició en septiembre de 2016 entre Televisa y Megacable. Aquella vez, Televisa ventiló que Megacable desconectaría 14 de sus canales de sus sistemas de TV de paga y ese anuncio obligó a Megacable a comunicar a sus inversionistas esta salida de contenidos de su oferta.

Los canales de Televisa que Megacable dejó de transmitir fueron Unicable, TV Novelas, Tiin, Distrito Comedia, De Película, Golden, Golden Edge, Ritmoson, Telehit y Bandamax, y los sustituyó por:

  • Multicinema
  • El Financiero Bloomberg
  • Cine Latino
  • Multipremier
  • Pasiones
  • Hola TV
  • MTV Hits

Se presumió, entonces que las diferencias entre ambas empresas derivaban del ingreso de Televisa al negocio del cable a través de Izzi Telecom en el Occidente del país, el histórico coto de Megacable.

Periodista de negocios para El Economista, con especialidad en telecomunicaciones e infraestructura. Es licenciado en comunicación y periodismo por la UNAM, con estudios posteriores en el ITESM Campus Ciudad de México, el ITAM y la Universidad Panamericana. Fue colaborador en Grupo Radio Centro, Televisa, El Financiero y Alto Nivel, entre otros. Ha sido moderador en los congresos internacionales de Futurecom y NexTV Latam; y también citado en el “Estudio sobre telecomunicaciones y radiodifusión en México, 2017” de la OCDE, y en distintos informes sobre espectro radioeléctrico de la GSMA y de la Asociación Interamericana de Empresas de Telecomunicaciones (Asiet).

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