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Tribunal colegiado resuelve que Televisa no tiene poder sustancial en TV de paga

Un tribunal especializado en telecomunicaciones y radiodifusión resolvió en definitiva que el Grupo Televisa no posee poder sustancial de mercado en televisión restringida tras comprar activos de Axtel, como afirmó el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

TELEVISAECONOMISTA

Un tribunal especializado en telecomunicaciones y radiodifusión resolvió en definitiva que el Grupo Televisa no posee poder sustancial de mercado en televisión restringida, como afirmó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) luego de que Televisa comprara activos de fibra óptica y clientes residenciales a Axtel en 2018 para potenciar el crecimiento de su cablera Izzi Telecom.

El IFT pierde de esta manera sus posibilidades de aplicar una regulación especial a Grupo Televisa ante la sospecha de que esta pudiera ser una empresa con la capacidad de fijar precios y de establecer tácticas comerciales a su favor en 35 mercados relevantes ubicados en siete estados de la República, y sería a más tardar en marzo cuando la autoridad aplique el mandato del tribunal colegiado.

El IFT, si mantiene la sospecha de que Televisa es agente con poder sustancial de mercado en televisión de paga, deberá iniciar una nueva investigación.

El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, por unanimidad indicó que la Autoridad Investigadora del IFT excedió el periodo legal de 90 días en sus investigaciones para determinar que Televisa era una empresa con poder sustancial de mercado.

El tribunal también resolvió que la figura jurídica que Televisa y Axtel utilizaron para lograr su operación de compraventa obliga al IFT a realizar investigaciones de poder sustancial a redes de telecomunicaciones servicios de voz, datos o video, más no a realizar investigaciones solamente al mercado del servicio de televisión y audio restringido o STAR.

 

Se deja insubsistente la resolución en la que se declaró la existencia de un grupo de interés económico con poder sustancial en 35 mercados relevantes, correspondiente a la provisión del servicio de televisión y audio restringido a través de la tecnología satelital, cable e IPTV, ofrecido de manera individual o empaquetada con otros servicios de telecomunicaciones fijos”, anunció el tribunal.

 

El 17 de diciembre de 2018, las empresas Axtel y Televisa anunciaron al IFT un acuerdo de compraventa de activos de Axtel a favor de Televisa por un valor entonces de 240 millones de dólares, que incluyó el traspaso de 227,802 clientes residenciales y 4,432 kilómetros de redes de fibra óptica a Televisa.

La Autoridad Investigadora del IFT sospechó entonces de un posible poder sustancial de Televisa, luego de que esa empresa llegaría a tener el 76.7% del negocio de la televisión restringida en Aguascalientes; el 64.2% en Ciudad Juárez; el 66.2% en Zapopan; el 68.4% en San Luis Potosí capital; el 73.9% en Monterrey y el 75.0% en la Ciudad de México, todo tras la compraventa de los activos de Axtel y por ello inició la investigación que ahora ha fue derribada por el tribunal.

La investigación del IFT siguió su curso y anunció en 2020 que Televisa era un agente con poder sustancial de mercado. Pero en octubre de 2022, Televisa ganó un amparo contra la declaratoria emitida por el IFT.

El Poder Judicial además ordenó al Instituto Federal de Telecomunicaciones a emitir una nueva resolución de poder sustancial en la que se valorase un nuevo análisis prospectivo sobre las tendencias del mercado y los patrones de consumo de los usuarios del servicio de televisión y audio restringidos (STAR) y también de las plataformas de contenidos bajo demanda u OTT, para que en última instancia se determinase si existe y en qué grado una sustitución o complementariedad entre ambos servicios, pues fue gracias a este argumento, uno de dos principales, con el que Televisa consiguió un resultado positivo.

Para diciembre de ese mismo año, el Instituto Federal de Telecomunicaciones anunció que combatiría la sentencia del Poder Judicial que desechó su resolución con la que declaró a Grupo Televisa como un agente económico con poder sustancial de mercado en la televisión de paga de 35 ciudades.

El caso fue atraído por el tribunal colegiado, que ahora ha resuelto que la razón le asiste a Grupo Televisa y si el IFT insiste en que esa empresa es una agente con poder sustancial de mercado, deberá iniciar una nueva investigación a través de su Autoridad Investigadora, que alternadamente ya enfrenta otro caso similar contra Megacable, que también rechaza la denominación de poder sustancial en 14 ciudades del país.

 

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Periodista de negocios para El Economista, con especialidad en telecomunicaciones e infraestructura. Es licenciado en comunicación y periodismo por la UNAM, con estudios posteriores en el ITESM Campus Ciudad de México, el ITAM y la Universidad Panamericana. Fue colaborador en Grupo Radio Centro, Televisa, El Financiero y Alto Nivel, entre otros. Ha sido moderador en los congresos internacionales de Futurecom y NexTV Latam; y también citado en el “Estudio sobre telecomunicaciones y radiodifusión en México, 2017” de la OCDE, y en distintos informes sobre espectro radioeléctrico de la GSMA y de la Asociación Interamericana de Empresas de Telecomunicaciones (Asiet).

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