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Jóvenes o maduros, ambos pueden testar
Existe un programa especial para adultos mayores; por otro lado, desde los 16 años ya puede hacer este documento.
No importa la edad que tenga, si cuenta con un patrimonio es vital que tenga un testamento. En México es poca la cultura que existe de esta práctica, sobre todo en las personas grandes, quienes tienen ciertos tabúes por hacer este documento o simplemente lo consideran algo innecesario.
Por lo anterior, existe el programa gubernamental del Testamento del Adulto Mayor; el cual está dirigido a apoyar a este sector poblacional.
José Ángel Fernández Uría, representante del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, destacó que este programa es bajo beneficios locales; es decir, que los beneficios que se ofrecen dependen de la entidad federativa en donde el adulto mayor viva.
Añadió que tratándose del programa para adultos mayores, el notariado de cada estado tiene convenios tanto con el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, como con el gobierno de ciertas entidades federativas, por lo que la campaña para beneficiar a este sector poblacional se ofrece de forma permanente a lo largo del año.
En el caso del Distrito Federal, el gobierno de esta ciudad tiene un programa especial que canaliza por vías de la Dirección General de Regularización Territorial a adultos mayores con el fin de que puedan hacer testamento a bajo costo y que se descuenta de su pensión gubernamental , detalló.
En la ciudad de México dicho trámite se realiza en los centros de salud del Distrito Federal y sólo es necesario presentar identificación oficial (de preferencia la credencial de elector), llevar una copia fotostática de la identificación oficial, llenar formato RT 05 y presentar la tarjeta de pensión alimentaria del GDF.
Entre los beneficios que pueden encontrar los adultos mayores en el programa que los ayuda a testar están: reducción de costos (los porcentajes varían, pero no exceden 50%) y en el caso de la ciudad de México, el descuento se puede aplicar de forma paulatina quincenal o mensualmente directamente del apoyo a adultos mayores que el gobierno les brinda.
Pese a los beneficios que ofrece dicho programa, Fernández Uría consideró que es mejor aprovechar septiembre para testar, pues el costo puede ser aún menor; dado que es para un grupo específico de adultos mayores, quienes no califican para este programa pueden aprovechar el mes del testamento .
Menores de edad también pueden designar herederos
Se preguntará por qué un menor de edad podría o debería tener un testamento: pues considere que hay individuos que a muy temprana edad heredaron algún bien o un fideicomiso o bien sus padres o tutores han puesto ya a su nombre algún tipo de patrimonio. Un suceso lamentable no lo exentará de quedar intestado por ser menor de edad.
La Secretaría de Gobernación informó que como una excepción a la regla general de capacidad, las personas ya pueden testar a partir de los 16 años. Así, las personas que ya tengan dicha edad y tengan ingresos o cuenten con un patrimonio ya pueden decidir a quién dejar sus bienes.
Esto se debe a que la ley federal del trabajo permite que los individuos de estas edades ya puedan trabajar y, en consecuencia, su patrimonio puede darse e ir creciendo como propio antes de tener la mayoría de edad , destacó el representante del Colegio Nacional del Notariado Mexicano.
No deje ir septiembre y aproveche el mes del testamento
Recuerde que septiembre es el mes del testamento y los beneficios que se brindan son para todos los ciudadanos mexicanos. Éstas tienen como fin facilitarle el acceso a este trámite.
Ángel Fernández detalló que esta campaña es realizada por la Secretaría de Gobernación junto con el apoyo de todo el notariado de todo el país, y se basa en reducir el costo de todos los testamentos por lo menos a 50 por ciento.
También se amplían los horarios de las notarías e incluso tienen atención a interesados los sábados y/o domingos, ello debido a que en ocasiones las personas no hacen este trámite porque los horarios laborales no se los permiten.
Fernández Uría mencionó que entre los beneficios que puede encontrar en septiembre destacan: el económico, ya que el costo del testamento por lo menos será de 50% menos; asesoría, pues los notarios le pueden brindar todas las consultas que usted solicite de forma gratuita; y en accesibilidad debido a la ampliación de horarios de atención.
La campaña del mes del testamento trata de hacer conciencia en que nunca es demasiado temprano para hacer testamento, puede ser demasiado tarde pero nunca es malo tenerlo desde que ya tiene un patrimonio , concluyó.
El ABC del testamento
- Acudir al notario público de su elección con identificación oficial y CURP, los nombres completos de su familia, incluidos padres, esposa e hijos; no hay necesidad de listar todos los bienes que posee, ni presentar documentación que acredite su propiedad. Si presenta alguna discapacidad para ver, oír, hablar o firmar deberá informarla al notario.
- Defina a sus herederos. Deberá elegir a las personas que adquieren la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones. Si los herederos son dos o más es necesario mencionar la proporción que tendrá cada uno.
- Defina a sus legatarios. Si quiere legar algún bien específico a una persona, deberá especificar de qué bien se trata. Por ejemplo: designo legatario del terreno ubicado en (dirección completa) a mi sobrino (nombre completo).
- Defina a sus albaceas. Puede nombrar uno o más albaceas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el testamento. Únicamente se requiere designarlo por su nombre.
- Defina a tutores y curadores. Si tiene hijos menores de edad, puede nombrar en su testamento a uno o más tutores para que a su muerte cuiden de sus hijos y los bienes de éstos. Los curadores son las personas que se encargarán de vigilar el adecuado desempeño de la tutela.
El proceso legal puede durar más de una década
El costo familiar de morir intestado
Cuando una persona fallece sin haber realizado un testamento, es necesario saber quiénes son sus posibles herederos; si todos ellos son mayores de edad y no hay controversia en cuanto a la repartición de bienes, es posible llevar un procedimiento ante el notario que tiene por nombre sucesión intestamentaria.
Sin embargo, Fernández Uría, representante del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, destacó que si uno de los posibles herederos es menor de edad o hay controversia en el reparto de la herencia, es necesario hacer un procedimiento legal frente a un juez de lo familiar. Este procedimiento ante el notario está previsto en algunas entidades, ya que la legislación civil notarial es local.
Por su parte, el Bufet Castañeda informó que cuando se trata de un juicio por intestado se puede cobrar por una cantidad fija, aunque por lo regular se cobra por porcentaje, el cual puede ir desde 8 hasta 15% de la masa hereditaria.
El tiempo que puede durar un procedimiento, destacó, también es incierto, pues si todos los posibles herederos están de acuerdo, el juicio puede durar tan sólo seis o 10 meses; pero si uno o varios están en desacuerdo se pueden llevar varios años.
Hay asuntos desde el 2002, el problema se puede alargar demasiado si una sola persona implicada no está de acuerdo y se propone alargarlo , añadió.
Así que antes de olvidarse y dejar de lado hacer su testamento, considere lo que puede costar a sus allegados reclamar lo que por derecho les corresponda, lo que implicará no sólo una fuerte inversión y tiempo en juzgados, sino también el desgaste emocional y físico para quienes de por sí ya será difícil afrontar su partida.
Este documento no es una sentencia de muerte; tampoco es un documento que se deba hacer cuando está terminando su vida, sino por el contrario, el mejor momento para hacerlo es cuando está formando su patrimonio , concluyó Ángel Fernández.