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Finanzas Personales

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Recomendaciones para quienes quieren un préstamo por Internet

Los créditos más comunes que se ofertan por este medio son del tipo tradicional, como los préstamos personales o de auto.

El Internet ha revolucionado muchos ámbitos de la vida cotidiana, facilitando en tiempo, oportunidad y sencillez, y un ejemplo es el acceso a los créditos, por ello, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), informó de los tipos de créditos que se ofrecen por la red.

Los créditos más comunes que se ofertan por este medio son del tipo tradicional, como los préstamos personales o de auto, sin embargo, existen otras ofertas que resultan ser del tipo de liquidez por su bajo monto y su corta duración de vida, ya que en muchas ocasiones pueden tener una vigencia menor a 15 días, ofreciéndole en cuestión de minutos.

La Condusef identificó dos tipos de entidades que están participando en el otorgamiento de créditos:

Las entidades no financieras, que no están reguladas ni supervisadas por alguna autoridad que pueda responder por el contenido de los contratos que el acreditado firme con el otorgante.

Quienes buscan opciones de crédito por este medio, deben ser cautelosos a lo que se obligarían al aceptar los términos contractuales del préstamo, incluso saber cuál es la tasa de interés y las comisiones bajo las cuales se está aceptando el crédito.

Por otro lado, las entidades financieras autorizadas y supervisadas que ofrecen créditos a través de este canal deben cumplir con una serie de disposiciones y, en particular, en materia de transparencia financiera que ha emitido dicha comisión, a fin de que los contratos de adhesión, estados de cuenta y recibos de operación sean claros, específicos y no contengan cláusulas abusivas, así como su publicidad no induzca al error o engaño.

Algunas de las disposiciones son las siguientes:

En el Contrato:

  • Establecer las fechas para el cálculo de intereses o el lugar donde podrá consultarse.
  • Indicar el evento que genera la comisión, especificando su periodicidad de cobro, así como su cálculo y deben coincidir con las registradas en el Registro de Comisiones (RECO).
  • Señalar la tasa de interés ordinaria expresada en términos anuales simples, así como el Costo Anual Total (CAT).
  • Indicar que los intereses no pueden cobrarse por adelantado y señalar el procedimiento de terminación anticipada del contrato sin responsabilidad alguna a cargo del usuario y bajo las condiciones pactadas originalmente, sin que se cobre penalización alguna.
  • Mostrar datos de contacto de Condusef.

En la carátula del Contrato:

  • Expresar la tasa de interés ordinaria y moratoria personalizadas en términos anuales simples, y si es fija o variable.
  • Indicar el concepto y monto de las comisiones o cláusula donde podrán consultarse.

En la página de Internet:

  • No contener publicidad engañosa o que induzca a error.
  • La información de la página de internet debe ser congruente con el contrato.
  • Señalar el listado de los conceptos y montos de las comisiones o el lugar donde podrán consultarse.
  • Indicar el CAT.
  • Informar del lugar donde los usuarios pueden consultar los requisitos para la contratación del producto o servicio ofertado.
  • Además, es importante señalar que al adquirir un crédito con estas entidades la Condusef es competente para atender cualquier reclamación que provenga de los usuarios.

Condusef recomendó que antes de solicitar un crédito por Internet, tome en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Cerciórese de la identidad y registro de la institución ante Condusef; es mucho más seguro acudir con instituciones debidamente autorizadas.
  • No se deje engañar por la aparente rapidez para el otorgamiento del crédito que ofrecen algunas empresas.
  • No proporcione datos personales o datos de tarjetas de crédito o débito, si no está seguro de que sea una empresa seria.
  • Acudir a instituciones financieras debidamente registradas le da la seguridad de que si tiene algún problema o inconformidad, puede presentar su queja ante la Condusef.

mfh

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