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Finanzas Personales

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qué es el Impuesto sobre nómina

También conocido como impuesto sobre erogaciones por remuneraciones, se trata de una tarifa que los patrones deben cubrir por toda transacción que sea correspondiente a una relación laboral. Su incumplimiento puede generar multas o sanciones.

El Impuesto sobre Nómina (ISN), también conocido como el impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal, es una tarifa que el Estado requiere a los patrones por toda transacción que sea correspondiente a una relación laboral. Los pagos de sueldos y prestaciones laborales se encuentran entre los conceptos que abarca.

Pese a que se trata de un impuesto con carácter local, como en el caso de los impuestos federales, su omisión o incumplimiento puede generar al patrón sanciones o multas. Es aplicable a todo tipo de patrón sin distinción, sin importar si son personas físicas o morales, que tengan el título de patrones o dueños de alguna empresa.

¿Cómo se calcula el Impuesto sobre Nómina?

Al tratarse de un impuesto con carácter local, la tasa del impuesto sobre las erogaciones por remuneraciones varía de acuerdo con el estado al que pertenezca la empresa o punto del país donde se lleva a cabo el trabajo. Del mismo modo, las leyes que respaldan a este impuesto son varias y se encuentran en el Código Financiero de cada estado.

Tasas del ISN por estado actualizadas a 2019

 

Cómo se declara el ISN

Desde su primer pago que como patrón a cualquier trabajador, una persona física o moral queda obligada al Impuesto sobre Nómina. El ISN debe ser declarado cada mes ante la respectiva Secretaría de Finanzas del estado, antes del día 17. En caso de una suspensión de actividades, deberá ser declarado sin importar la ausencia de transacciones.

Conceptos que abarca

Al declarar el Impuesto sobre Nómina se declaran también las primas por:

  • sueldos
  • horas extra
  • bonos
  • primas de antigüedad
  • comisiones
  • compensaciones
  • aguinaldo  
  • primas vacacionales.

También todos los pagos a los administradores, directivos, vigilancia y otros empleados, y las primas quedan cubiertas ante la respectiva Secretaría de Finanzas estatal.

Conceptos que no abarca

Los conceptos que no abarca este impuesto son gastos funerarios del personal, aportaciones para el SAR, gastos por instalación de equipos, infraestructura o materiales necesarios para el trabajo, jubilaciones o pensiones, primas correspondientes al IMSS o ISSSTE, viáticos, cuotas a pagar por los seguros, prestaciones de previsión social y utilidades.

Incentivos del gobierno

Por medio de un proceso de selección se otorgan, y se remarca que no en todos los casos, la exoneración del impuesto a las empresas nacientes que se instalen en el Estado de México; empresas que empleen a personas mayores de 60 años o a los jóvenes recién egresados de los niveles educativos técnico, tecnológico o profesional.

jose.rivera@eleconomista.mx

Analista de mercados

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