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La adaptación a la IFRS-9 estará disponible a partir del 2024
A partir del 1 de enero de 2024, las instituciones financieras deberán adoptar la disposición IFRS-9.
En la XVI Convención de Uniones de Crédito, Antonio Villarreal Vivé, Socio Líder de Riesgo de Crédito de Deloitte LATAM, presentó la ponencia "IFRS-9 De la gestión al cumplimiento regulatorio".
Con el objetivo de armonizar con las normas internacionales, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ha propuesto actualizar la regulación relacionada con las disposiciones de la Circular Única de Instituciones Financieras Especializadas (CUIFE). Esta adaptación busca adherirse a las normas emitidas por el International Accounting Standard Board (IASB), específicamente a las NIF C-2, C-3, C-16 y C-20.
A partir del 1 de enero de 2024, las instituciones deberán adoptar estas disposiciones, utilizando como referencias principales la regulación del B-5 y las NIFs antes mencionadas.
Villarreal Vivé explicó conceptos esenciales que serán cruciales para la adaptación de estas normas. Definió "Costo amortizado" como el valor actual de los flujos de efectivo contractuales, agregando los costos de transacción y utilizando el método de interés efectivo. Por otro lado, el "Saldo insoluto" considera el monto otorgado al acreditado, ajustado por diversos factores financieros.
Los "Costos de transacción", explicó, son aquellos costos incrementales atribuibles directamente a la adquisición o generación de un crédito, y que son esenciales para la transacción.
La ponencia de Villarreal resaltó la importancia de adaptarse a las normativas internacionales. Sin duda, estos cambios marcarán un antes y un después en el panorama financiero nacional.