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Opinión

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El mes del testamento en México (IV)

Quiero terminar esta serie respondiendo algunas preguntas frecuentes sobre testamentos y responder algunos de los mitos que se tienen en torno a ellos. 

¿Por qué debo hacer un testamento?

Para dar certidumbre a tu familia, a la gente que quieres, y para proteger lo que estás construyendo. Así de sencillo. Es simplemente un documento en el que estableces, claramente, qué pasará con tus bienes cuando ya no estés. Si eres padre de familia, además, puedes proteger a tus hijos al designar tutores legales en caso de que ambos padres falten.

¿Qué pasa si no dejo testamento?

Heredas problemas. Se tiene que hacer forzosamente un juicio de sucesión intestamentaria ante el juzgado de lo familiar. Aunque la ley de cada entidad federativa establece quiénes serían los herederos y en qué proporción, lamentablemente suele ser un proceso largo, tedioso y muchas veces caro. Además puede generar conflictos familiares, porque varias personas pueden considerarse con derecho a recibir parte de los bienes.

Si no tengo inmuebles ni nada de valor ¿Tengo que hacer un testamento?

Sí. No es necesario tener inmuebles. Cualquier bien es susceptible de ser heredado, como el coche, muebles y hasta el dinero que tenemos en el una institución financiera (mucha gente omite la designación de beneficiarios, por ejemplo). En ocasiones hasta para cobrar un seguro: si el beneficiario designado falleció, la compañía sólo puede entregar los recursos a los herederos legales.

Es importante que ambos padres de familia hagan testamento para proteger a sus hijos y nombrar tutor legal en caso de que los dos lleguen a faltar.

¿Qué pasa si mi propiedad está hipotecada y todavía la estoy pagando?

Hoy en día los créditos hipotecarios incluyen un seguro de vida que, en caso de fallecimiento, pagará lo que aún debes. Obviamente tu familia tendrá que hacer el trámite correspondiente ante el banco y hacer la liberación de la hipoteca. Tener un testamento es importante porque así garantizas que ese inmueble pueda pasar a ser propiedad de tus herederos. De lo contrario, se tendría que hacer un juicio de sucesión intestamentaria con lo que eso supone.

¿Quiénes pueden otorgar testamento?

En la mayoría de las entidades federativas, cualquier persona mayor de 16 años. En algunos casos, incluso, desde los 14 años (Chihuahua, Coahuila, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala). Sin embargo, Jalisco y Michoacán requieren tener 18 años cumplidos.

¿Es necesario hacer una lista de bienes para hacer un testamento?

No, para nada. Sólo se requiere manifestar quiénes serán los herederos y en qué proporción. Nada más. La única excepción es cuando uno quiere dejarle un bien específico a alguien en particular (esto se conoce como legado). En ese caso, sí se requiere la descripción exacta del bien en cuestión, que permita identificarlo, así como el nombre completo de la persona a la que se otorgará.

¿Puedo disponer de mis bienes si ya hice testamento?

Desde luego, no hay ninguna restricción. Los bienes son tuyos mientras vivas y puedes hacer con ellos lo que requieras.

¿Puedo cambiar mi testamento?

Sí, el testamento es un acto revocable y modificable. Puede ser cambiado las veces que sea necesario. Se otorga nuevo testamento ante Notario Público. En caso de fallecimiento, el último de ellos será el único válido.

contacto@planeatusfinanzas.com

Ejecutivo de alto nivel en seguros y reaseguro con visión estratégica de negocio, alta capacidad de liderazgo, negociación y gerencia. Además es columnista de Finanzas Personales en El Economista, Coach en Finanzas Personales y creador de la página planeatusfinanzas.com

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