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¿Qué pasará con nuestros hijos si ya no estamos? (I)
He dedicado mis últimas columnas al testamento, que es sin duda una parte central en la planeación de nuestra sucesión patrimonial. Pero también lo son nuestros hijos. Una de las situaciones más desagradables que suceden (con más frecuencia de lo que pensamos) es cuando ambos padres mueren sin dejar un testamento y por lo tanto, un tutor designado para hacerse cargo de sus hijos, además de dinero para asegurar su educación.
En esos casos, los niños suelen depender de la buena voluntad de sus familiares. Aún así, es probable que los abuelos de ambos lados peleen su custodia o, en el otro extremo, que ninguno realmente los quiera tener de tiempo completo. Hay casos que terminan dependiendo de la resolución de un tribunal después de una desgastante batalla legal.
¿Es eso lo que queremos para nuestros hijos? Yo creo que no. Por eso hacer un testamento y elegir a un tutor correcto, de acuerdo con nuestra pareja (incluso si los padres están divorciados) es un asunto de amor y no de dinero.
Las consecuencias de una falta de planeación pueden ser desastrosas para nuestros hijos. Quizá crezcan con la persona incorrecta o con alguien que los siente como una carga. Quizá vivan en un ambiente en el que son considerados como intrusos y se sientan rechazados. O se integren con una familia que ya tenía sus hijos que en ciertas circunstancias reciban cierta prioridad. Esto les podría ocasionar problemas de autoestima y de personalidad.
Es muy común que los padres piensen que su pareja se encargará de los hijos en caso de que lleguen a faltar. Sin embargo, ¿Qué pasa si ambos mueren simultáneamente? ¿Quién se encargará de los niños?
La única solución es, precisamente, la planeación. Un proceso que puede involucrar muchos aspectos, pero el más importante, sin duda alguna, es elegir al tutor adecuado. Ambos padres de común acuerdo.
La costumbre es nombrar a alguno de nuestros padres, suegros o hermanos, pero quizá no sea la decisión más adecuada. Hay que pensarlo bien. Hay personas que eligen a grandes amigos que comparten sus conceptos de vida, conocen bien a los niños, los quieren y estarían encantados de hacerse cargo de ellos ante una circunstancia extrema. No hay nada malo en ello, siempre que pensemos que es lo mejor.
A veces las cosas pueden complicarse. Por ejemplo, en el caso de padres divorciados, es importante considerar que las cortes suelen favorecer a los padres naturales o adoptivos. Por lo tanto, cuando haya razones de peso por las cuales, el ex-cónyuge no se deba hacer cargo de los pequeños, es importante buscar asesoría legal para documentar esos motivos. Las cortes no aceptarán argumentos como: “nunca se ocupó de nosotros” o “no somos compatibles”, pero sí tomarán en cuenta demostraciones de alcoholismo, abusos o irresponsabilidad.
Ahora bien, antes de nombrar a alguien como tutor, es esencial que la persona que se pretenda designar acepte ese encargo. Habremos de hablar con esa persona, a fin de explicar nuestra petición, motivación y expresar nuestros deseos. Darle tiempo de pensarlo y decidir si lo acepta. Y dejar otras disposiciones de carácter económico. De esto hablaremos en la segunda parte.