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Opinión

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Fundación y conciliación: 200 años de la Constitución de 1824

Este 4 de octubre, la Constitución federal mexicana de 1824 cumple 200 años. Es una de las efemérides más importantes de nuestra vida y política mexicana, pues se trata de la primera Constitución de nuestro país. Con ella, inició el México independiente. 

Esta Constitución histórica surge como respuesta política a la caída de Agustín de Iturbide en 1823 y, con ello, al fin del Primer Imperio Mexicano que se instauró justo después de consumada la independencia.

Es a partir de este acontecimiento que se entabló un gobierno provisional, el cual a su vez convocó a un congreso constituyente para dar forma a lo que sería el nuevo arreglo político del pueblo mexicano.

Así, en enero de 1824, surge el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, la cual sentaría las bases para el establecimiento del nuevo pacto nacional.

Más allá de introducir la forma de gobierno republicano y el federalismo como sistema de coordinación entre los diversos estados del vasto territorio mexicano, la Constitución de 1824 destaca por haber sabido conciliar y articular, en un proyecto unificado, las distintas visiones políticas de su tiempo.

Además de las diferencias ideológicas latentes entre centralistas y federalistas, se buscaron y encontraron las coincidencias entre las diversas voces constituyentes.

Por ejemplo, se estableció en su artículo primero que la nación mexicana sería para siempre libre e independiente del gobierno español y de cualquier otra potencia, lo que ciertamente era un punto en común a lo largo de todo el espectro ideológico.

Por ello, más que un producto de la exclusiva voluntad de las mayorías, la Constitución de 1824 gozó de la legitimidad que únicamente puede predicarse de aquello que nace de la deliberación y el consenso.

Además, a dos siglos de distancia, este momento fundacional muestra con claridad que las constituciones son un producto histórico que atiende a las creencias, necesidades e idiosincrasias de su tiempo.

Recordemos algunos de los contenidos constitucionales que evidenciaban un alto compromiso, tanto con la visión centralista de la protección de la República como con la preocupación federalista.

a) Se reconoció autonomía a cada Estado para conducirse internamente, pero con el deber de organizar su gobierno y administración interior sin oponerse a la Constitución o al Acta Constitutiva; b) se puntualizó que el Congreso general tendría que sostener la igualdad proporcional de obligaciones y derechos que los estados tendrían ante la ley, y c) se precisó que los estados tendrían que observar la Constitución, las leyes generales de la Unión y los tratados que se convinieran por la autoridad suprema de la Federación con alguna potencia extranjera.

Por otra parte, y en reconocimiento del derecho a disentir, la Constitución de 1824 buscó proteger de manera robusta la libertad de expresión en materia política: a) se reconoció que los diputados y senadores serían inviolables por las opiniones realizadas en el desempeño de su encargo y que jamás podrían ser reconvenidos por ellas; b) se estableció la facultad del Congreso para proteger y arreglar la libertad política de imprenta, de modo que jamás se pudiera suspender su ejercicio y mucho menos abolirse a nivel federal o local, y c) se obligó a los estados a proteger a sus habitantes en la libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas, sin necesidad de licencia, revisión o aprobación.

En contraste, destacan algunos contenidos que, en nuestros días, ciertamente resultan anacrónicos: a) se arropó a la religión católica, apostólica y romana como la oficial de la nación, prohibiéndose cualquier otra; b) se otorgó libertad a cada uno de los estados para decidir quiénes podrían votar en la elección de la Cámara de Diputados; c) se estableció que el presidente sería elegido a propuesta de las legislaturas de los estados y, en caso de empate, la elección se echaría a la suerte; d) se determinó que los ministros de la Corte Suprema de Justicia serían perpetuos en su puesto, y e) se precisó que la protesta de los altos cargos públicos se juraría a Dios y, en el caso de la Presidencia, también a los santos evangelios.

En todo caso, los 200 años de la Constitución de 1824 deben servir para recordar que una Constitución debe aspirar a ser algo más que la visión de los vencedores.

Se trata del documento jurídico y político que diseña la forma en la que la totalidad de un país conducirá sus destinos. Por ello, el texto constitucional debe ser el producto de la conciliación y el encuentro de los puntos ideológicos en común.

Más allá de los mecanismos que permiten la toma de decisiones políticas, una Constitución tendría que ser un arreglo netamente inclusivo en el que quepamos todos(as), y no solamente las mayorías.

Si esto no se entiende, la democracia constitucional y el supuesto pacto fundamental que la articula pierden todo su sentido. La Constitución de 1824 está ahí, en nuestra gloriosa historia, para recordárnoslo.

* El autor es magistrado electoral del TEPJF.

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