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Política

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AMLO no comparecerá en el Tribunal electoral

Por considerar que hizo su solicitud a destiempo, el TEPJF negó a López Obrador una comparecencia como coadyuvante en el proceso de calificación de la elección presidencial, para que presentara argumentos sobre las pruebas del Movimiento Progresista en las que acusa inequidad.

Por considerar que hizo su solicitud a destiempo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) negó a Andrés Manuel López Obrador una comparecencia como coadyuvante en el proceso de calificación de la elección presidencial, para que presentara argumentos sobre las pruebas del Movimiento Progresista en las que acusa inequidad, coacción del voto y uso de dinero ilegal por parte de la campaña presidencial del PRI y su candidato, Enrique Peña Nieto.

Por unanimidad, los magistrados electorales determinaron que el plazo legal en el cual López Obrador debió formalizar su petición para ser reconocido como coadyuvante abarcó del 9 al 12 de julio, pero el tabasqueño realizó la solicitud hasta el 8 de agosto pasado.

Los magistrados Flavio Galván, Salvador Nava y Pedro Esteban Penagos dijeron que esa resolución no deja en la indefensión política a López Obrador, ya que puede continuar la defensa jurídica a través del Movimiento Progresista, que integran el PRD, PT y Movimiento Ciudadano.

Es a ella a quien le corresponde tutelar los derechos del candidato, de comparecer en el juicio y, en su caso, ofrecer las pruebas que considere supervenientes. Con ello, se salvaguarda el derecho a la defensa y se preservan los principios del debido proceso legal como elementos vertebrales del Estado democrático de Derecho , dijo Pedro Esteban Penagos López.

El magistrado Flavio Galván, integrante de la Comisión calificadora de la elección presidencial, explicó que la actuación de coadyuvante que se establece en la Ley General de Medios de Impugnación establece que podrán comparecer siempre y cuando se presenten dentro del plazo legal previsto para ello, ya que de lo contrario se pierde el derecho correspondiente; por lo que, en ese caso, no es posible reconocer la coadyuvancia de López Obrador.

La magistrada María del Carmen Alanís Figueroa pidió respetar las reglas del debido proceso: Esto da certeza, y además esta Sala Superior es consistente en el sentido en que ha resuelto todos los casos de presentación de escritos de terceros, de coadyuvantes, etcétera, que son presentados fuera del plazo que establece la ley , dijo.

El magistrado presidente del TEPJF, Alejandro Luna Ramos, comentó que para intervenir como coadyuvante se deben satisfacer plenamente los requisitos que establece la legislación, uno de ellos es que la presentación del escrito correspondiente se realice en tiempo y forma.

Si no lo hizo en ese término, obviamente su promoción es extemporánea y, por tanto, no puede ser admitida , precisó el magistrado.

jmonroy@eleconomista.com.mx

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