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Política

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Faltan políticas públicas, para hijos de madres en reclusión

Entre las situaciones que aún tiene pendiente el Sistema Penitenciario en México están los casos de mujeres que viven dentro de las cárceles con sus hijas e hijos.

La población femenina privada de la libertad apenas representa el 5% del total en el país, sin embargo, en los años recientes la tasa de crecimiento de mujeres presas sigue una tendencia de aceleración. Foto EE: Zulleyka Hoyo

Entre las situaciones que aún tiene pendiente el Sistema Penitenciario en México están los casos de mujeres que viven dentro de las cárceles con sus hijas e hijos.

De acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2018, hay 436 de estos casos en centros penitenciarios y de reinserción social, principalmente en la capital del país.

Según los datos de la CNDH, de las 436 mujeres que conviven con sus hijas e hijos en estos centros en todo el país, durante el levantamiento del estudio, 40% lo concentran cinco entidades; la Ciudad de México, Estado de México, Veracruz, Nuevo León, Guerrero y Tamaulipas.

En 2016 se expidió la Ley Nacional de Ejecución Penal en la cual se reconocen en el artículo 10 los derechos de las mujeres privadas de su libertad en los Centros Penitenciarios, que establece que  las mujeres reclusas pueden conservar la guardia y custodia de su hija o hijo menor de tres años.

Además deberán recibir la alimentación adecuada y saludable para sus hijas e hijos, acorde con su edad y sus necesidades de salud con la finalidad de contribuir a su desarrollo físico y mental, en caso de que permanezcan con sus madres en el Centro Penitenciario.

Sin embargo, un estudio del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República sobre los  menores que viven con sus madres en los Centros Penitenciarios señala que las niñas y niños que estos menores no lo hacen en condiciones de dignidad.

Tampoco son considerados en el ciclo de las políticas públicas y no se sabe con exactitud si las niñas y niños nacidos en los centros penitenciarios, fueron registrados inmediatamente, y se desconoce si cuentan con un acta de nacimiento.

Cabe destacar que el pasado 5 de junio la Tercera Comisión de Trabajo del Senado de la República aprobó un dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a la Secretaría de Salud , así como a la Secretaría de Educación Pública,  a la Secretaría de Economía y a la de Trabajo y Previsión Social implementar una estrategia integral que permita atender a los infantes que viven en los centros penitenciarios del país.

Mujeres presas

De acuerdo con él Diagnóstico de las circunstancias en las que se encuentran las hijas e hijos de las mujeres privadas de su libertad en once centros penitenciarios de la República Mexicana, que realizó la organización Reinserta A.C. de la mano con el Instituto Nacional de las Mujeres el año pasado, se pudo contar con un panorama de las mujeres en reclusión.

El presente diagnóstico tuvo la participación de 2,049 mujeres madres privadas de su libertad, en 11 centros penitenciarios que representan el 17% de la población total de mujeres internas y aproximadamente el 50% de la población total de las mujeres privadas de su libertad por pena privativa, se encuentran en un rango de entre 25 a 35 años de edad.

Por otra parte , la mayoría de las mujeres en prisión son mexicanas, solo el 2% son extranjeras y el 3% de las mujeres en prisión son indígenas.

Finalmente el 73% de las mujeres eran el sustento económico antes de su ingreso a prisión.

Advierte la CNDH
Falta información sobre trata

La CNDH remitió a la Secretaría de Gobernación un diagnóstico para el fortalecimiento del combate de los delitos en materia de trata de personas.

Enfatizó que México carece de un sistema que brinde información fidedigna en esta materia y advirtió que los bancos de datos realizados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública concentran en un solo rubro la información correspondiente a los 26 delitos en materia de trata de personas establecidos en la ley general.

“Por lo que resulta imposible que mediante esta información se pueda contar con un panorama certero sobre la incidencia delictiva de todas las conductas que en el país comprenden los delitos en materia de trata”.

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