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Política

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SCJN ratifica uso de testigos protegidos

La Primera Sala de la SCJN ratificó varios artículos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, entre ellos, la norma que avala el uso de testigos protegidos para las investigaciones de la Procuraduría General de la República.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó varios artículos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, entre ellos, la norma que avala el uso de testigos protegidos para las investigaciones de la Procuraduría General de la República. Por mayoría de votos, la Primera Sala del Máximo Tribunal confirmó la sentencia dictada por un Juez de Distrito al capo de ?La Familia Michoacana, José Antonio Arcos Martínez, conocido como El Toñón, quien interpuso un amparo en contra de los artículos 7, 8, 13, 14, 34, 35 y 38 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Detenido en diciembre del 2010, Arcos Martínez era jefe de la plaza de Apatzingán, Michoacán. El Toñón es acusado del delito de delincuencia organizada, con la finalidad de cometer además un delito en contra de la salud.

La Primera Sala estimó legal el análisis realizado por el Juez de Distrito de los preceptos que Arcos Martínez buscaba impugnar. Sobre los artículos 14 y 34, en los que se refiere la figura de testigo protegido, la Primera Sala argumentó que no son inconstitucionales, ya que tienen sustento tanto constitucional como convencional .

Agregó en la determinación que el órgano técnico investigador justifique objetivamente la existencia de un riesgo para la vida o integridad corporal del testigo vinculado con la delincuencia organizada. La figura de testigo colaborador, artículo 35 impugnado, encuentra sustento en el Artículo 20 constitucional. La recepción de denuncias anónimas, artículo 38 contradicho, también respeta el marco constitucional.

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