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TEPJF descarta que INE haya invadido facultades del Legislativo con criterios en materia de propaganda
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el acuerdo del 21 de diciembre del Consejo General del INE, en el que ejerció la facultad de atracción para fijar mecanismos y criterios sobre la aplicación de programas sociales y sus recursos, según los principios de imparcialidad y de equidad, en el marco de los procesos electorales federal y locales en curso.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó los lineamientos y criterios aprobados por el Instituto Nacional Electoral (INE) en materia de propaganda, imparcialidad de servidores públicos y uso de programas sociales con el fin de evitar que se afecte la equidad de los procesos electorales federal y locales concurrentes 2020-2021.
Por mayoría de votos de magistrados, la Sala Superior del Tribunal descartó, como lo argumentó Morena en su impugnación, que el INE violó el principio de legalidad al emitir dichos criterios, por supuestamente corresponder al Poder Legislativo.
Uno de los rubros que establecen los criterios es que queda prohibida, por parte de los partidos políticos y candidatos, la entrega de cualquier material en que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o en efectivo, que implique la entrega de algún bien o servicio, debido a que conforme a la ley esas conductas se presumen como indicio de presión al elector para obtener su voto.
El Tribunal confirmó el acuerdo del 21 de diciembre del Consejo General del INE, en el que ejerció la facultad de atracción para fijar mecanismos y criterios sobre la aplicación de programas sociales y sus recursos, según los principios de imparcialidad y de equidad, en el marco de los procesos electorales federal y locales en curso.
Las magistradas y magistrados rechazaron un proyecto original que planteaba que el INE había violado el principio de reserva de ley, e invadió el ámbito constitucional de competencias del Poder Legislativo.
Coincidieron en que el INE sí tiene facultades para reforzar los mecanismos que puedan prevenir violaciones a los principios de equidad e imparcialidad.
El INE argumentó el 21 diciembre que necesitaba establecer los parámetros de reglas y principios claros y que delimitaran el actuar de los actores políticos en lo referente a los programas sociales y el uso de estos recursos, a fin de brindar certeza en el proceso electoral que se lleva a cabo.
Argumentó que los criterios buscan reforzar una serie de mecanismos para contribuir a evitar violaciones a los principios de equidad e imparcialidad en relación con la inducción o coacción al electorado mediante el uso de programas en los comicios.
La Sala Superior determinó que el INE sí puede regular aspectos vinculados a los programas sociales, toda vez que delimita y atiende eventualidades que no estén contempladas en la normatividad tanto a nivel federal como en las entidades y ayuntamientos.
kg