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Política

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TFJA ratifica condena resarcitoria por 216 millones de pesos a exejecutivo de constructora de la Estela de Luz

El pleno de de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa juzgó culpable a Juan Ricardo Díaz Ortega, por haber dado el visto bueno al dictamen técnico que sirvió como base para realizar cuatro convenios modificatorios en los que se autorizaron los incrementos en el costo del monumento construido en el sexenio del presidente Felipe Calderón

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) ratificó los cargos de responsabilidad resarcitoria por 216 millones 337,411 pesos impuestos por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) a Juan Ricardo Díaz Ortega, por su presunta responsabilidad en el daño al erario nacional ocasionado por su participación en la construcción del monumento la Estela de Luz, a un monto superior al contemplado inicialmente.

Al principio la edificación del monumento, realizado en el sexenio del presidente Felipe Calderón, se tenía previsto un costo de 339 millones 215,000 pesos y finalmente se elevó a 988 millones, mientras que la supervisión pasó de tres millones 968,000 pesos a 10 millones 56,000 pesos.

Juan Ricardo Díaz Ortega fungió como subgerente de Construcción de la empresa i.i.i. Servicios, subsidiaria de Petróleos Mexicanos (Pemex), encargada de la obra para conmemorar el bicentenario del inicio de la Independencia de México.

El pleno del TFJA aprobó la ponencia preparada por la magistrada Nora Elizabeth Urby Genel con siete votos a favor y dos con los puntos resolutivos para el juicio contencioso administrativo 9089/1917053/1459/19PL0204, en el que Juan Ricardo Díaz Ortega demandó a la Directora General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación con el objetivo de que se revocara la sentencia mediante la cual se le obliga a resarcir el daño ocasionado al dar el visto bueno al dictamen técnico que sirvió como base para realizar cuatro convenios modificatorios en los que se autorizaron los incrementos en el costo de la construcción.

Durante la sesión, la magistrada ponente explicó que Díaz Ortega alegó que caducaron las facultades de la autoridad demandada para iniciar el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias, pues cuando inicio el juicio ya habían trascurrido más de 120 días hábiles establecidos de la Constitución y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, que obliga a la autoridad a pronunciarse sobre la no solventación del pliego de observaciones  dirigidos a la empresas i.i.i. Servicios.

Al respecto la magistrada ponente propuso considerar infundados los argumentos del demandante, pues se atendió a lo dispuesto en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación que establece que los plazos para que opere la prescripción de las facultades de la autoridad a iniciar el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias  debe computarse a partir del momento que se causa un daño  en el patrimonio del ente público cuantificable en dinero, el cual  podrá realizarse de manera inmediata al ocurrir la conducta u omisión o bien continuar y prolongarse en el tiempo hasta que cese la misma.

En ese sentido destacó que la conducta demandante es de carácter continuo pues consistió en dar el visto bueno al dictamen técnico del 28 de abril de 2010. Esa acción se prolongó en el tiempo, ya que fue a través de dicho dictamen que se expusieron los motivos por los que resultaba procedente la modificación del importe considerado inicialmente para la construcción de la Estela de Luz, conforme al incremento de costos derivado de una supuesta modificación al tipo de acero.

Derivado de lo anterior fue celebrado el segundo convenio modificatorio entre Banjercito y la empresa con el objeto de incrementar el monto del contrato.

Posteriormente se elaboró el dictamen técnico del 19 de agosto de 2010, el cual tuvo como sustento precisamente el dictamen del 28 de abril del mismo año, acto por el cual se le atribuye al actor responsabilidad resarcitoria ahora controvertida y que dio cabida al primer convenio modificatorio del contrato de obra pública sobre la base de precios unitario celebrado entre Proyectos y Desarrollo Infraestructura SAPI, GUTSA Infraestructura, contratistas y i.i.i. Servicios, empresa de participación estatal mayoritaria responsable de la construcción del monumento Estela de Luz por el que se incrementó el monto originalmente pactado, situación que a su vez dio paso al tercer convenio modificatorio del contrato para el desarrollo integral para la construcción del monumento celebrado el 1 de septiembre  de 2010.

Finalmente, el 20 de diciembre de 2011 se llevó a cabo entre Banjercito y i.i.i Servicios el cuarto convenio modificatorio del contrato para la construcción del monumento en cuestión, por medio del cual se incrementó nuevamente el monto contemplado para quedar en un importe total de 988 millones, incremento que atendió a la justificación técnica del 24 de de noviembre de 2011 que a su vez se sustentó en el dictamen autorizado por Díaz Ortega el 28 de abril de 2010.

A partir del 19 de junio de 2012 la autoridad contaba con el plazo de cinco años  para fincar la responsabilidad resarcitoria correspondiente, considerando que el procedimiento de responsabilidad instaurada en su contra inició el día 1 de noviembre de 2016, con la cita a comparecer en audiencia quedando supeditado el plazo de cinco años hasta el 12 de diciembre de 2018, fecha en la cual se declaró cerrada la instrucción del procedimiento y que con fecha del 7 de marzo de 2019 la autoridad emitió la resolución por la que se consideró la existencia de la responsabilidad resarcitoria de Díaz Ortega, resoluciones que fueron notificadas el 8 de marzo de 2019, por lo cual el plazo transcurrido entre dichas actuaciones  fue de cuatro años siete meses y 26 días.

diego.badillo@eleconomista.mx

kg

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Periodista mexicano, originario de Amealco, Hidalgo. Editor del suplemento Los Políticos de El Economista. Estudié Sociología Política en la Universidad Autónoma Metropolitana. En tres ocasiones he ganado el Premio Nacional de Periodismo La Pluma de Plata que entrega el gobierno federal. También fui reconocido con el Premio Canadá a Voces que otorga la Comisión Canadiense de Turismo, así como otros que otorgan los gobiernos de Estados Unidos y Perú.

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