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Sector Financiero

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Obsoleta, fórmula para el cálculo del precio del petróleo

La fórmula, que operó siete años, ya no responde a la realidad, los 81 dólares establecidos para el precio de la mezcla mexicana en la ley de ingresos ya no son reales.

En siete años de operar, la fórmula para calcular el precio del petróleo de la mezcla mexicana de exportación, para fines de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), resultó obsoleta.

La volatilidad de los mercados internacionales rebasó la planeación para la que fue creada y evitaba los jaloneos que cada año se daban en el Congreso para determinar los posibles ingresos derivados de la venta de petróleo. Muy pocas veces resultó efectiva la decisión de apegarse a la fórmula. Casi nunca se respetó.

La ortodoxia de los funcionarios de la Secretaría de Hacienda fue contrapuesta con los fines prácticos de los legisladores. Y es que Hacienda por lo general no cedía ni un dólar al alza por mantener el mismo precio con el que se contrató la cobertura petrolera.

En esta ocasión, no será la excepción. Los 81 dólares con que fue enviada la iniciativa de Ley de Ingresos 2014 ya no responden a la realidad de los mercados. Por lo que será una pieza clave para mover los ingresos en el tablero del ajedrez legislativo.

En el 2006, cuando el partido en el poder perdió la mayoría en el Congreso, fue necesario revisar el diseño del presupuesto público y emprender una reforma, que a diferencia de las anteriores, no sólo se concentrara en el control del gasto como fin último, sino en el establecimiento de normas que mejoraran la captación de ingresos y su asignación, de acuerdo con los planes y programas establecidos.

Así fue que nació la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), en la cual se preveía la utilización de una fórmula para determinar el precio del petróleo a considerar en la LFI.

LA PROPUESTA

En ese contexto, en el paquete de reformas que se pusieron a consideración del Poder Legislativo, se incluye modificar el artículo 31 de la LFPRH para fortalecer algunos elementos de la fórmula de cálculo del precio del petróleo, en vista de que existen tiempos y precios de referencia que limitan un pronóstico acorde con las realidades del mercado del crudo.

En la exposición de motivos, se pone de relieve que actualmente la secretaría de Hacienda está limitada a hacer dicho cálculo un mes antes de la entrega de los Criterios Generales de Política Económica.

La volatilidad de los precios experimentada en años recientes sugiere que dicha restricción puede traducirse en un cálculo que no representará las condiciones del mercado al momento de la entrega de dicho documento. Se usa el precio del crudo de calidad intermedia del oeste de Texas (WTI) como referencia.

Las circunstancias del mercado han mostrado que existen otras mezclas que en ocasiones siguen más de cerca el comportamiento de la mexicana.

La reforma refiere que el reglamento de la LFPRH establecerá los casos y procedimientos en los que podrán utilizarse los precios de otras mezclas de crudo, tomando en cuenta la opinión de expertos en la materia, siempre y cuando coticen en los mercados de futuros, que sean reconocidos en la Ley del Mercado de Valores.

leonor.flores@eleconomista.mx

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