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Sector Financiero

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Prodecon pide mejores prácticas para importación de vehículos

Con el fin de que la importación de vehículos a México no se convierta en un problema fiscal para varios contribuyentes, la Prodecon exhortó a la autoridad fiscal a que difunda las consecuencias de las malas prácticas con estos autos.

Con el fin de que la importación de vehículos a México no se convierta en un problema fiscal para varios contribuyentes, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) exhortó a la autoridad fiscal a que difunda las consecuencias de las malas prácticas con estos autos.

El último informe mensual del ombudsman fiscal destaca que este organismo sugirió al Servicio de Administración Tributaria (SAT) informar a los contribuyentes paisanos de la importancia de adoptar mejores prácticas al importar vehículos de manera temporal.

Fue la Subprocuraduría de Análisis Sistémico y Estudios Normativos quien hizo la sugerencia, la cual también aconseja que se den a conocer las sanciones a las que pueden hacerse acreedores los contribuyentes mencionados por cometer infracciones relacionadas con el uso y destino de dichos autos.

Así, la Prodecon detalló que con la finalidad de otorgar seguridad y certeza jurídica a los mexicanos residentes en el extranjero que introducirán autos al país emitió el análisis sistémico 13/2016.

Destacó que en dicho documento sugirió al SAT que cuando una persona realice el trámite para obtener el permiso de importación temporal de vehículos ante los módulos del SAT o Banjercito proporcione de manera obligatoria un documento informativo que deberá ser firmado después de que el contribuyente que está importando lo haya leído.

El ombudsman fiscal aconsejó que dicho documento debe especificar las malas prácticas o fallas en las que puede caer una persona luego de importar un auto a México, entre ellas están: permitir la conducción del vehículo por persona distinta a las autorizadas, exceder el plazo autorizado para la importación temporal, enajenar o adquirir vehículos importados o internados temporalmente, etcétera.

Cabe destacar que las actividades anteriores harán que los contribuyentes sean acreedores, en términos generales, a varias sanciones como la pérdida del vehículo, el cual se quedaría en posesión del fisco federal y la imposición de un crédito fiscal.

Dichas sanciones están especificadas en la Ley Aduanera y el Código Fiscal de la Federación, donde también se aclara que un contribuyente que no cumpla con las condiciones de la autoridad fiscal puede ser privado de su libertad si se llegara a considerar que comete el delito de contrabando (esto aplica para el importador, pero en ocasiones puede verse afectado una tercera persona).

claudia.cordova@eleconomista.mx

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