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La industria de la moda y la situación laboral de las mujeres
A través de una tesis laboral, el Poder Judicial reconoció a las mujeres que trabajan en la industria maquiladora textil como grupo vulnerable. El 68% de la fuerza laboral de la industria de la confección en el país es femenina.
La industria de la moda es una de las que más contribuyen al desarrollo económico del país, ya que tiene un alto índice de exportaciones. Además, como hemos apuntado en nuestro diagnóstico, Reforma laboral: Análisis desde una perspectiva de género y de la industria indumentaria, es una industria que prefiere a las mujeres, ya que el 68% de la fuerza de trabajo en la industria de la confección son mujeres.
Sin embargo, muchas de ellas no cuentan con derechos laborales básicos, por ejemplo, contratos laborales, además de que se perpetúan prácticas de explotación laboral y esclavitud, ya que tienen jornadas laborales muy largas sin remuneración. Los datos lo comprueban:
- Al menos seis de cada tres personas que trabajan en la industria de la moda sin remuneración son mujeres
- Casi seis de cada 10 trabajadoras subcontratadas son mujeres
- El 57% de la población empleada en esta industria que no tiene salario fijo son mujeres
- Algunas trabajadoras tienen jornadas laborales continuas de 18 horas.
Un elemento importante es que en esta industria hay falta de trasparencia de la cadena productiva y existen muchas subcontrataciones, que además están prohibidas en la Ley Federal del Trabajo.
También, las mujeres que trabajan en esta industria han manifestado que presentan distintos problemas de salud, por ejemplo, estrés debido a las altas cargas de trabajo, problemas en la columna, espalda, cadera y sobre peso, entre otros.
También, de acuerdo con el informe “Atlas del plástico”, las mujeres que trabajan con fibras sintéticas en fábricas textiles tienen alto riesgo de contraer cáncer de mama, leucemia y riesgo de aborto espontaneo.
Es decir, las mujeres que trabajan en esta industria se encuentran ante una doble situación de vulnerabilidad, ya que además de que el contexto de violencia contra las mujeres que persiste en el país de por sí es preocupante, en el caso de las mujeres de la industria de la moda, por las condiciones en las que se encuentran, enfrentan violencia laboral y también tienen afectaciones a la salud.
Al respecto, el Poder Judicial Federal recientemente emitió una tesis laboral en la que por primera vez en el sistema de justicia se reconoce a las mujeres trabajadoras de la industria maquiladora como grupo vulnerable y, por lo tanto, esto debe ser tomado en cuenta por las personas que imparten justicia.
En este caso, la mujer que acudió a la justicia tuvo un accidente de trabajo, el cual comunicó a la empresa, por lo que la llevaron al médico privado, sin notificarle al IMSS. A pesar de su situación de salud, fue obligada a seguir trabajando, lo que le generó un daño mayor. En este caso, el tribunal tuvo por acreditado el accidente de trabajo y le otorgó una pensión temporal.
Al respecto, el tribunal determinó que las personas juzgadoras deben tomar en cuenta la condición de vulnerabilidad de las mujeres trabajadoras de la industria maquiladora al resolver los conflictos respecto de ellas.
Primero, retoma el caso de Campo Algodonero contra México en el que se consideró a las mujeres de la maquila como grupo vulnerable. Después, explica que la vulnerabilidad se mide bajo tres condicionantes:
- Elementos de las personas, por ejemplo, su aspecto físico o color de piel,
- Factores externos y contextuales, por ejemplo, factores económicos o culturales que consolidan barreras estructurales
- Condiciones históricas, por ejemplo, las condiciones socioeconómicas del país, el nivel de empleabilidad, los fenómenos naturales y la inseguridad, entre otros.
En este caso, el tribunal contempla como elemento de vulnerabilidad los datos estadísticos respecto de homicidios y violencia en el hogar (SESNSP y ENDIREH) y retoma el caso de Campo Algodonero contra México en el que se consideró a las mujeres de la maquila como grupo vulnerable.
Éste es el primer caso en el que se reconoce la especial situación de vulnerabilidad que enfrentan las trabajadoras de la industria de la moda y se debe seguir avanzando en la protección y respeto de los derechos laborales de las mujeres de esta industria.
*Selma Maxinez es abogada del Círculo Feminista de Análisis Jurídico (La Círcula) @SelmaMaxinez