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STPS prepara nuevos criterios para el outsourcing; IP los califica de desproporcionados
La Secretaría del Trabajo busca emitir un criterio para catalogar los procesos de corte y cosecha en la agroindustria como actividades económicas preponderantes que no pueden ser tercerizadas para proteger los derechos laborales de los jornaleros.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene listo un nuevo criterio para calificar los servicios de corte, cosecha y recolección en la agroindustria como actividad económica preponderante de las empresas dedicadas al cultivo, empaque, distribución y exportación de fruta, es decir, tareas que no pueden ser tercerizadas con base a las nuevas reglas de subcontratación.
Estos criterios serían la base de las inspecciones en la agroindustria, las cuales interpretarían que los trabajadores dedicados al corte, cosecha y recolección deberán estar contratados directamente por las empresas empacadoras y exportadoras, pues sus tareas serán consideradas como parte de las actividades principales de dichas compañías.
“Para efectos de las inspecciones en materia de subcontratación, la actividad de corte, cosecha o recolección del fruto forma parte de la actividad económica preponderante de las empresas o personas físicas dedicadas al cultivo, empaque, distribución y exportación de fruta, ya que es indispensable contar con el fruto cortado del árbol para iniciar con el proceso de venta, distribución, comercialización y exportación”, se establece en los criterios en revisión en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).
En ese sentido, la inspección del trabajo podría considerar que cuando una empresa empacadora, distribuidora o exportadora adquiera el fruto que comercializa, los trabajadores que intervinieron en el proceso de cosecha deberán ser contratados por la misma.
Por ahora, los criterios se encuentran en espera de la exención del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) que solicitó la STPS a la Conamer. Aunque el proyecto ya ha generado comentarios en contra de la iniciativa privada (IP), principalmente por parte de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), el Consejo Nacional Agropecuario (CNA) y la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH).
“Sabemos que hay actividades que a veces no es tan fácil decir si son especializadas o si son actividades que forman parte de todo un proceso productivo y que no son especializadas. Como Secretaría del Trabajo, lo que hemos trabajado son criterios que le definan a las personas físicas y morales qué actividades sí son especializadas y cuáles no. El ejemplo más claro de esto a través de operativos es la actividad del corte y la cosecha”, explicó hace unos días Fernando Jordan Siliceo del Prado, director general de Inspección Federal del Trabajo durante una participación en un foro en San Luis Potosí.
El funcionario federal indicó que los criterios son resultado de inspecciones en la agroindustria para analizar si las actividades de cosecha deben considerarse como servicios especializados o no para las empresas dedicadas a la exportación.
“Un ejemplo es el aguacate, que es una industria millonaria y, al final del camino, la primera línea de ese proceso productivo, que es el jornalero que está en campos agrícolas, es el trabajador que menos participa de esas utilidades que resultan ser millonaria, porque es una industria que exporta en primer término a Estados Unidos. Lo que hacen estas empresas es subcontratar a todo el personal jornalero y no hacerlo parte de su proceso productivo y, en consecuencia, que no forme parte del tema más importante que es el reparto de utilidades”, expuso Fernando Siliceo.
El Repse no será opción
De acuerdo con el proyecto elaborado por la dependencia, la inscripción al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) es inviable para las empresas que busquen prestar en el mercado los servicios de corte y cosecha.
“Las empresas que actualmente desempeñan la actividad de corte, cosecha o recolección de frutos podrán fungir como agencias de empleo o intermediarios en el proceso de reclutamiento, selección, entrenamiento, capacitación y transporte, siempre y cuando estas empresas no se consideren patrones. En tal virtud, dichas empresas para las actividades antes descritas podrán ser contratadas como empresas con actividad especializada, siempre y cuando cuenten con su registro ante el Repse”, refieren los criterios.
Durante su ponencia en la Semana de Seguridad y Salud en el Trabajo que se desarrolló en San Luis Potosí, Siliceo del Prado explicó que las empresas especializadas en corte y cosecha que actualmente están inscritas en el Repse “se les va a dar un período transitorio para que puedan regularizarse y que puedan hacer el traslado de trabajadores, con ayuda del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a las empresas que son empacadoras”.
El funcionario federal señaló que por ahora estos criterios son únicamente para la agroindustria, “pero no será el único (…) en su momento se van ir definiendo para otro tipo de industrias y van a ir dando claridad, todo con el objetivo de mejorar y que se respeten los derechos laborales de los trabajadores”.
¿Qué opinan los empresarios?
La IP ha solicitado a la Conamer reclasificar el proyecto como Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) de impacto moderado para estar sujeto a consulta pública, pues consideran que el anteproyecto no sólo endurece las reglas del outsourcing, sino también puede generar un impacto negativo en el empleo en el campo.
Entre las observaciones enviadas a Conamer, el Consejo Nacional Agropecuario considera que el proyecto implica “una desproporcionalidad inválida” entre la facultad que tiene la dependencia para regular sobre la inspección y las atribuciones para regular lo que puede o no formar parte de la actividad económica preponderante de una empresa.
Aunque el CNA reconoce que los criterios buscan proteger los derechos de terceros, el organismo también subraya que no hay afectación en la contratación de los servicios de corte y cosecha. “Se estaría afectando los derechos de los terceros y de la sociedad si se permite que la autoridad laboral determine imperativamente aspectos que están fuera de su ámbito competencial, violando así el derecho humano de libertad de comercio y el principio de legalidad ya antes mencionados”, afirma.
Por su parte, la Coparmex considera que los criterios de subcontratación “implican costos económicos adicionales para las empresas que ya contaban con una planeación de sus operaciones con base en la posibilidad que otorga el Repse de registrar estas actividades”. Aunque la organización reconoce la facultad de inspección de la STPS, apunta que “la propuesta regulatoria, además de vulnerar derechos, se excede el marco legal ya existente.”.
De acuerdo con el organismo, otra de las afectaciones que traería la aplicación de los criterios es la restricción de un esquema que permite a los trabajadores migrar y rotar y, al mismo tiempo, restringiría servicios especializados que “ofrecen a los trabajadores condiciones de formalidad, cubren sus costos administrativos”.
Entre otras observaciones, por su parte, la AMECH advierte que las nuevas reglas de outsourcing podrían incrementar la informalidad, en especial en un sector con niveles altos de fuerza laboral sin seguridad social. Además de esto, señala la organización, “existe escasez de personal del campo en ciertas zonas del país, lo que podría generar complejidad en el cubrimiento que se requiere por temporadas y las habilidades del personal”.