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Hacienda va por tasa cero en productos de gestión menstrual
La aplicación del IVA a estos productos tiene una afectación, principalmente en las mujeres que están en situación de pobreza, por lo que propone reformar la ley para que puedan tener la tasa cero.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propondrá a los legisladores que, el siguiente año, se cobre una tasa cero del IVA a los productos de gestión menstrual, como lo son toallas femeninas, copas menstruales, tampones y similares.
De acuerdo con una versión filtrada de la Miscelánea Fiscal 2022, que es parte del Paquete Económico 2022 que se entregará más tarde al Congreso, Hacienda reconoce que aunque la función del estado es la protección y la promoción de la salud pública sin distinción, la realidad es que las necesidades no son iguales entre los ciudadanos y ciudadanas por razón de género. Entre estas diferencias está la menstruación, algo por lo que pasan las mujeres desde la juventud y cuyo ciclo se repite cada mes.
“Para atender este proceso natural existen en el mercado productos sanitarios, como son las toallas, tampones y copas sanitarias para uso menstrual. Dichos productos están gravados en el IVA con la tasa del 16 por ciento. El gravar los productos que atienden la menstruación significa que este impuesto tiene una incidencia económica en las mujeres por una condición biológica y natural del género femenino”, señaló la dependencia.
De esta manera, reconoció que el IVA en estos productos tienen una afectación, principalmente en las mujeres que están en situación de pobreza, por lo que propone reformar la Ley del IVA para que puedan aplicar a la tasa cero.
La propuesta de Hacienda se da luego de que el año pasado diversas legisladoras, y el colectivo de Menstruación Digna presentaron una iniciativa durante la discusión del Paquete Económico 2021, en donde se propuso lo mismo.
“A pesar de ser artículos de primera necesidad, los productos de gestión menstrual están sujetos a la tasa de 16% del IVA. Desde una perspectiva de derechos humanos e igualdad de género, este tratamiento fiscal resulta discriminatorio y atenta contra el acceso a la salud, el mínimo vital, la vida digna, el trabajo y la educación de las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas menstruantes”, decía esa iniciativa.