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Economía

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UMA debe aplicar en todos los casos: SAT

La autoridad respondió al señalamiento de que no dejó claro en que casos se utilizaría.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señaló que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) se debe aplicar en todas las disposiciones fiscales en las que se haga referencia al salario mínimo, aun cuando éstas no hayan sido modificadas.

Esto se da semanas después de que varios especialistas destacaran que la autoridad fiscal no ha generado una versión oficial sobre en qué casos aplicará la UMA y en qué otros el salario mínimo; pues a decir de ellos la aplicación de ésta puede ser positiva o negativa dependiendo de la situación fiscal que se trata.

En su momento Adriana Berrocal, presidenta nacional del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas, explicó a El Economista que, dado que la UMA vale menos que el salario mínimo, en temas de recaudación del Impuesto Sobre la Renta las deducciones van a ser menores, por lo que los contribuyentes tendrán que pagar más impuestos.

Dijo que si se evalúa el caso de un trabajador de forma individual, el efecto será mínimo; no obstante, bajo esta situación también están todas las empresas, algunas con muchos empleados, lo que conforma un escenario en donde el monto de afectación para éstas podría ser mayor.

Añadió que el SAT tampoco había aclarado si en las multas se aplicaría la UMA o el salario mínimo.

Pero ante las dudas de varios contribuyentes y especialistas fiscales, el organismo recaudador precisó que es en el artículo tercero transitorio del decreto en el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, en donde se destaca que la aplicación de la UMA será bajo todas las circunstancias.

Dicho artículo refiere que desde enero del 2016 todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, estatales, de la Ciudad de México, así como en cualquier disposición jurídica que emane de todas las anteriores, se entenderán referidas a la UMA.

claudia.cordova@eleconomista.mx

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