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Criterios de cobertura social en subasta de 2.5 GHz los concibió la SCT
El Congreso y la Secretaría de Comunicaciones fijaron, por separado, entre 2013, 2014 y 2017 que los títulos de concesión que se entreguen para las bandas de 700 MHz y de 2.5 GHz deben ir acompañados de obligaciones de cobertura geográfica, poblacional o social y de conectividad en sitios públicos.
El constituyente, en el diseño de la reforma sectorial del 2013, y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) fueron las partes que originalmente concibieron las obligaciones de cobertura social para los futuros tenedores de la banda de los 2.5 GHz y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sólo retomó tales compromisos como criterios a cumplir por los interesados en la licitación de ese espectro que ya está en marcha desde el 13 de febrero.
De acuerdo con el expediente P/IFT/070218/84, la Unidad de Espectro Radioeléctrico del IFT únicamente dio cumplimiento a tres artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) que desde 2013 y 2014 -en su ley reglamentaria- mandatan al regulador a configurar licitaciones de espectro que potencien la conectividad en sitios públicos y amplíen la cobertura universal, con el fin de que las tecnologías de la información y la Internet lleguen al mayor número posible de mexicanos.
La última Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares, ENDUTIH 2017, presentada por el INEGI, IFT y la SCT esta semana definió que 71.3 millones de mexicanos ya cuentan con una conexión a Internet, pero la brecha digital todavía deja en el rezago a 40.1 millones de personas en México.
La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en el inciso A del quinto párrafo del artículo decimoséptimo transitorio, establece que el Estado -a través del IFT y la SCT- deberá garantizar “el uso óptimo de las bandas 700 MHz y de 2.5 GHz bajo principios de acceso universal, no discriminatorio, compartido y continuo”. Por su parte, los artículos 78 y 79 de la ley secundaria de la LFTR, aprobada por el Congreso en 2014, ordenan al IFT a “tomar en cuenta (los escenarios) de cobertura, calidad e innovación” en el diseño de sus licitaciones de espectro y “los compromisos de inversión, cobertura geográfica, poblacional o social y de contribución a la cobertura universal” en la prestación de los servicios por parte de los interesados en las frecuencias radioeléctricas, más allá de sólo considerar su oferta económica.
A su vez, la Unidad de Espectro Radioeléctrico del IFT recordó a los comisionados del pleno reunidos en la sesión del 7 de febrero, cuando se aprobaron las bases definitivas para subastar en el mercado 120 MHz de espectro en la banda de los 2.5 Gigahercios, que la Secretaría de Comunicaciones estableció en el Programa Nacional de Espectro Radioeléctrico 2017-2018 que los títulos de concesión que se otorguen para los servicios de banda ancha móvil en el espectro de la 2.5 GHz “deberán contener compromisos mínimos de cobertura geográfica, poblacional o social y de conectividad en sitios públicos”, por lo que el regulador atiende con las obligaciones de cobertura plasmadas en la licitación IFT-7 a una serie de disposiciones concebidas ya con anterioridad.
Las obligaciones de cobertura fijadas en la IFT-7 han causado polémica. Al interior del mismo pleno del IFT, uno de los comisionados argumentó en su voto razonado del 7 de febrero que esos criterios significarían importantes desembolsos para los ganadores del concurso. El comisionado Adolfo Cuevas Teja, que también cuestionó que en los valores mínimos de referencia del espectro no se consideró la operación de compraventa de 60 MHz de esa banda entre Telcel y MVS, dijo que las obligaciones de cobertura podrían desincentivar la participación de concesionarios en la licitación de la 2.5 y sujetar a los ganadores a deberes de cobertura social a los que Telcel no estará obligado por la transacción con MVS, concretada en 2017.
El comisionado incluso comentó que la inversión necesaria para dar cumplimiento a esas obligaciones representaría para los ganadores del proceso el equivalente a entre el 43 y 51% del monto pagado por Telcel por su porción de 60 MHz en la 2.5.
En la licitación de los 2.5 Gigahercios, ahora en su primera etapa, el Instituto Federal de Telecomunicaciones estableció tres criterios de obligación de cobertura para los interesados.
El primero de esos criterios sujeta a los ganadores a ofrecer servicios de acceso inalámbrico con tecnología 3G o más reciente en al menos 200 de las 557 localidades del país con entre 1,000 y 5000 habitantes que aún no reciben un servicio móvil. El IFT contará por tres las poblaciones cubiertas en Chiapas, Guerrero y Oaxaca bajo este rubro.
El siguiente criterio obliga a los concesionarios a llevar redes 3G o LTE y superiores a las Zonas Económicas Especiales y los tramos carreteros que las conectan. La última de las obligaciones compromete a los concesionarios a explotar el espectro ganado en la 2.5 GHz en 10 de las 13 zonas metropolitanas con más de un millón de habitantes antes de septiembre de 2021.
Para dar cumplimiento a las dos primeros criterios, el regulador dejó a consideración de los ganadores de la licitación la posibilidad explotar su espectro en los 2.5 GHz y de instalar su propio equipamiento tecnológico, o de acercarse a un tercero para contratar capacidad “en otra banda de frecuencias y/o infraestructura”.