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EPN lleva a la SCJN la ley telecom
Enrique Peña Nieto interpuso una controversia constitucional ante la SCJN contra el Congreso de la Unión por haber contravenido a la Carta Magna al facultar al IFT, vía la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para emitir los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias que entrarán en vigor el próximo 16 de febrero.
El presidente Enrique Peña Nieto interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Congreso de la Unión por haber contravenido a la Carta Magna al facultar al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), vía la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para emitir (lo que ya hizo) los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias que entrarán en vigor el próximo 16 de febrero.
En conferencia de prensa, Humberto Castillejos Cervantes, consejero jurídico del Ejecutivo federal, explicó que a través de la controversia constitucional se reclama la eliminación de los ocho artículos de la citada ley, así como los referidos lineamientos expedidos el pasado 21 de diciembre.
Se considera que estos ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al presidente de la República , precisó.
Amplió que la regulación de los derechos de las audiencias no debe ser facultad del IFT porque ello viola la Constitución, toda vez que los lineamientos generales referidos tienen que estar normados y regulados en términos de la Carta Magna y las convenciones sobre derechos humanos.
A decir suyo, en caso de que se requiriera reglamentación alguna, ésta correspondería al presidente de la República, en los términos del Artículo 89, Fracción 1ª de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos .
De ahí que el presidente de México determinó recurrir al máximo tribunal del país para enjuiciar al Poder Legislativo por expedir una ley que en una de sus partes invade sus facultades constitucionales.
Castillejos Cervantes dijo que los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias que emitió el IFT contienen un vicio de origen, ya que se basan en leyes que se consideran inconstitucionales .
La Constitución, en su Artículo 28, abundó, es clara en el sentido de que corresponde al IFT emitir disposiciones de carácter general, siempre y cuando sean exclusivamente para referirse a la función regulatoria en los sectores de la radiodifusión y las telecomunicaciones.
La Constitución, agregó, no le otorga al IFT atribución alguna para regular los derechos de las audiencias que, en términos del Artículo 6 constitucional, son parte del derecho humano a la información.
Senado, en la misma sintonía
A la controversia constitucional presentada por el Ejecutivo se sumó la del presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Pablo Escudero Morales, quien también presentó una ante la SCJN, en contra de las disposiciones que emanan de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias del IFT. (Con información de Rubén Torres)
Controversia es contra el congreso
IFT celebra intervención de la Corte
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) celebró que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del IFT en materia de audiencias.
María Elena Estavillo, comisionada del IFT, comentó a El Economista que el instituto espera la admisión y notificación de las controversias para resolver su actuación. Pero destacó que la controversia del Ejecutivo es esencialmente contra el Congreso, así que habrá que ver también cómo se da esa defensa .
El IFT indicó que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y competencia económica reconoció los derechos de las audiencias, mismos que fueron establecidos expresamente en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Es de celebrar la utilización de los canales institucionales para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del IFT en esta materia , sentenció.
Por su parte, la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) afirmó que ve en el procedimiento ordenado por el presidente Enrique Peña Nieto la oportunidad de preservar la libertad de expresión en el país.
La CIRT consideró que los artículos impugnados por el Ejecutivo daban erróneamente atribuciones al IFT para regular el derecho a la información de los mexicanos .
Por el contrario, Jorge Fernando Negrete, presidente de la Asociación Mexicana del Derecho a la Información, aseguró que es falso que los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias censuren, limiten la libertad de expresión de los medios y sus trabajadores, sean desproporcionados o imprácticos. Por su parte, Gabriel Sosa, especialista en telecomunicaciones, consideró que puede ser uno de los grandes beneficios (que el caso llegue a la Corte) para definir de manera más amplia las atribuciones del IFT y fortalecerlo más . (Con información de Claudia Juárez Escalona)