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El SAT no coincide con la interpretación de la ASF
En el marco de la revisión de la Cuenta Pública del 2013, presentada por la ASF en la que se emiten observaciones al programa de condonación de adeudos implementado por el SAT en el 2013.
En el marco de la revisión de la Cuenta Pública del 2013, presentada por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en la que se emiten observaciones al programa de condonación de adeudos implementado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el 2013, la autoridad tributaria informa que:
El programa de condonación de adeudos fiscales Ponte al Corriente , se instrumentó en cumplimiento al mandato establecido en el artículo tercero de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el 2013, instruido por el Congreso de la Unión en ese mismo año.
El SAT reconoció el detalle y profundidad de la auditoría realizada al Programa Ponte al Corriente y se confirma respetuoso de la posición de la Auditoría Superior de la Federación, sin embargo, no coincide con la interpretación que hace esa instancia fiscalizadora por las siguientes razones:
1. Los 5 contribuyentes motivo de las observaciones a los que refiere el Informe General, accedieron a la condonación apegándose a lo dispuesto en el Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación 2013.
2. La autoridad fiscal considera que los impuestos no retenidos por las personas obligadas a hacerlo, los convierten en sujetos obligados al pago del impuesto y se sustituyen en lugar del contribuyente primario.
3. La posición del SAT es consonante con lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ha señalado que quien estando obligado a retener y no lo hiciere, está obligado por ley al pago del impuesto en lugar de aquél, sustituyéndolo, siendo el único y verdadero sujeto obligado al pago. En tal caso, se activa el supuesto de la Ley que concede la condonación.
"El SAT es respetuoso de las observaciones hechas por la Auditoría Superior de Federación, y una vez analizadas, se atenderán conforme a las disposiciones legales aplicables", aseveró.
Ponte al Corriente, indicó, fue un programa general y abierto a todos los contribuyentes en el que prevaleció el principio de igualdad en la aplicación de la ley; ya que cualquier contribuyente que cumpliera con los requisitos previstos, pudo acceder al beneficio de la condonación.
El Servicio de Administración Tributaria refrendó su obligación institucional de actuar conforme a lo establecido por la Ley, en beneficio de todos los mexicanos.