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En marcha, NOM de autotransporte

La NOM 068 fija las condiciones de seguridad físico-mecánicas para la circulación de los vehículos en las vías generales de comunicación federal.

A mediados de mayo próximo entrará en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM-068-SCT-2-2014, de transporte terrestre; servicio de autotransporte federal de pasaje, turismo, carga, sus servicios auxiliares y transporte privado, y condiciones físico-mecánicas y de seguridad para la operación en vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

La Norma, publicada en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), establece las especificaciones físico-mecánicas de los vehículos, para garantizar su circulación con seguridad en las carreteras y de los demás usuarios de éstas.

El jueves pasado, Adrián del Mazo Maza, director de Autotransporte Federal de la SCT, confirmó a El Economista que la dependencia negociará con su par estadounidense el reconocimiento de la norma en Estados Unidos, con el propósito de que los vehículos de autotransporte mexicanos que hayan aplicado para prestar el servicio transfronterizo de carga exenten la revisión físico-mecánica en territorio estadounidense como se requiere.

El 15 de enero, el Departamento de Transporte de Estados Unidos publicó el decreto mediante el cual se puso fin a 33 años de bloqueo a los vehículos mexicanos de autotransporte, luego de la conclusión exitosa del programa piloto que permitió la entrada de camiones mexicanos bajo un fuerte monitoreo en seguridad.

La Norma fija las condiciones de seguridad físico-mecánicas para la circulación de los vehículos en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

Entre los sistemas o componentes que regula están: aceleración, controles de motor, del sistema de combustible, de escape, eje de transmisión, de enfriamiento, embrague, transmisión, apagado de motor y marcha, bandas de motor y baleros del eje trasero.

Asimismo, de la suspensión, ejes autodireccionables, amortiguadores, frenos hidráulicos, sistema de vacío, válvula proporcionadora, frenos de aire y neumáticos de motor, sistema de frenos antibloqueo, dirección, luces y sistema eléctrico, entre otras especificaciones.

Establece también las condiciones que deberán cumplir las salpicaderas, placas de identificación, llantas y ruedas, rines; dispositivos de acoplamiento y enganche de remolque y semirremolque. (Con información de Notimex)

empresas@eleconomista.com.mx

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