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¿Jugó mal sus cartas el IFT en defender los Lineamientos de las Audiencias?

El Congreso de la Unión está próximo a reformar un apartado de la Ley Telecom que quitará facultades al IFT y que trasladará a los concesionarios de Radio y de TV la posibilidad de autorregularse en temas de código de ética y de defensoría de audiencias, una acción que es calificada por organismos civiles como contraria al espíritu de la reforma del 2013 al sector.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones está en ruta de perder su facultad para regular sobre derechos de audiencias con alcance a la radio y la TV, y un grupo de legisladores se acerca más a completar una jugada política, si el pleno de San Lázaro y después el Senado avalan un dictamen que propone modificaciones a la redacción del Artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).

La reforma a ese artículo esencialmente plantea que sean los propios concesionarios de radio y de televisión abierta y de paga los que se autorregulen en temas de códigos de ética; de decidir libremente cuando sea oportuno informar a las audiencias sobre si un contenido se trata de información noticiosa, un comentario editorial o de publicidad insertada dentro de un programa. Y también les traslada la libertad de designar a un defensor del televidente o radioescucha sin que el IFT pueda intervenir en esa elección.

DOCUMENTO: ¿Qué dice el Artículo 256 de la Ley Telecom sobre las Audiencias?

El argumento de los legisladores se finca en que la redacción de los artículos 256 y 259 de la Ley Secundaria de la LFTR extralimita las facultades del IFT; de que vulnera una serie de artículos constitucionales relacionados con la libertad de expresión y que pone al regulador en el camino de ejercer actos de censura previa.

El proyecto de dictamen, que se construyó con dos iniciativas presentadas a su vez por dos diputados de distinto partido, ya fue aprobado a puerta cerrada la tarde del miércoles 5 de abril por la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados con 14 votos a favor, 4 en contra y una abstención.

Si la iniciativa pasa en el pleno de San Lázaro y luego en la Cámara alta, será la primera reforma al contenido de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada en junio de 2013 por la anterior legislatura, y también la primera modificación que sufra una de las promesas insignia que planteó el Pacto por México en materia de derechos de audiencias y órganos autónomos fortalecidos.

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Los diputados se habrán anotado una jugada política con esta reforma a la LFTR ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones y los organismos civiles que defienden a las audiencias, porque dejarán sin efectos cualquier opinión que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emita sobre dos controversias que fueron presentados en el 31 de enero por la Presidencia de la República y el Senado para que los magistrados definieran el alcance constitucional de las facultades del IFT, pero que pronto se convirtieron, según expertos en materia jurídica, en acciones con pocas posibilidades de prosperar en el máximo tribunal.

Los diputados ahora van por otra vía, a como dé lugar, para acotarle facultades al IFT , comenta Agustín Ramírez, abogado especialista en telecomunicaciones y radiodifusión del despacho Ouraboros.

La Corte ya se había pronunciado anteriormente sobre asuntos relacionados con las facultades del IFT y todo hacía suponer que en estas dos controversias se iba a fallar a favor del IFT, porque el IFT es un órgano autónomo, que no está subordinado, y bajo ese criterio la controversia del Presidente no iba a prosperar y tampoco la del Senado, porque es materia del Congreso legislar y del IFT emitir los lineamientos, conforme la legislación actual .

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El Instituto Federal de Telecomunicaciones, sin embargo, dio oxígeno a las intenciones del poder Legislativo de redefinir sus facultades, con la posposición misma de la entrada en vigor y por seis meses de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias , que tenía programado ejecutar desde el jueves 16 de febrero pasado.

El 1 de febrero, el IFT emitió un comunicado en el que dejó claras sus esperanzas de que la Suprema Corte le daría la razón, dejando zanjada cualquier duda entre los distintos órdenes de gobierno.

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Pero el IFT cometió un error y ahora está próximo a ver sus facultades acotadas, además que para algunos pudo haberse creado un enredo jurídico con las intenciones del Legislativo de reformar el Artículo 256 en tanto la Suprema Corte no se pronuncia sobre las controversias antes mencionadas.

Al haber aplazado la entrada en vigor de los lineamientos, el IFT cometió un grave error , define Agustín Ramírez, también académico en la Universidad Anáhuac.

Si no los hubiera aplazado, el IFT hubiera obligado a la Suprema Corte a pronunciarse más rápido sobre esas controversias, ésta muy seguramente le hubiera dado la razón y entonces para el Legislativo hubiera sido más arriesgado mediática y políticamente hablando actuar, sabiendo que la Corte ya se habría pronunciado. Pero desgraciadamente, el IFT se ha visto muy tibio: el mismo Instituto aplazó los lineamientos y ahora la jugada está muy clara .

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En los dos comunicados referentes a este tema, el IFT se ha visto respetuoso de las formas y ha sido calificado por organizaciones civiles defensoras de las audiencias y ex funcionarios del sector como un órgano en etapa de timidez por no salir a defenderse con mayor fuerza ante quienes intentan acotar sus atribuciones.

Si la reforma al Artículo 256 de la LFTR es aprobada en la Cámara de Diputados y luego en la de Senadores, las facultades del IFT tendrán otro tipo de alcance, pese a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación llegue a pronunciarse a su favor, agrega Agustín Ramírez, de Ouraboros:

Suponiendo que la Corte se pronuncie mañana a favor del IFT y éste siga con los lineamientos, éstos tendrán vigencia hasta que las cámaras modifiquen la ley. Si la Corte dice hoy que el IFT tiene razón y el Congreso modifica mañana, esos lineamientos sólo habrán tenido vigencia de un día. Y si el Congreso legisla antes que la Corte se pronuncie, entonces la Corte no tendrá materia sobre qué opinar. Esto es una jugada política: si los diputados lo aprueban y el Senado está de acuerdo, hasta allí llegaron las facultades del IFT .

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El IFT contempló dejar fuera a los criterios más polémicos de los derechos de audiencias Ver nota.

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