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México elimina cuotas compensatorias a importaciones de licuadoras originarias de China
La Secretaría de Economía informó este martes que eliminó las cuotas compensatorias a las importaciones de licuadoras originarias de China.
La Secretaría de Economía informó este martes que eliminó las cuotas compensatorias a las importaciones de licuadoras originarias de China.
En una resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Economía declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de licuadoras de uso doméstico o comercial originarias de China.
Con ello, se eliminan las cuotas compensatorias definitivas de 12.88 y 18.64 dólares por pieza impuesta a esas compras externas.
En un principio, el 9 de diciembre de 2014, la Secretaría de Economía impuso cuotas de 12.88 dólares por pieza, para las importaciones producidas y provenientes de Elec-Tech International, y de 18.64 dólares por pieza, para las importaciones producidas y provenientes de Guang Dong Xinbao Electrical Appliances Holdings y de las demás exportadoras de China.
Luego, el 31 de octubre de 2019, Industrias Man manifestó su interés en que la Secretaría de Economía iniciara un nuevo examen de vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de licuadoras de uso doméstico o comercial originarias de China.
En la investigación, los importadores Coppel y Spectrum Brands de México participaron como partes interesadas.
Entre sus argumentos, Spectrum expuso que contó con información sobre la existencia de cinco productores nacionales en el mercado interno en el periodo de examen: Gestar, Hamilton Beach Brands (HB), Midsouth Camca, Lamex, Industrias Man y Taurus España.
Spectrum añadió que la información sobre las ventas totales al mercado interno permite dimensionar el bajo porcentaje de participación de Industrias Man en las ventas de licuadoras de producción nacional, y de modo indirecto su participación en la producción destinada al mercado interno.
A partir de los argumentos y pruebas, que incluyen las cifras de producción de Koblenz; La Ideal, y Midsouth Camca, de las que se allegó la Secretaría de Economía, así como las cifras de producción aportadas por Industrias Man, se calculó el volumen de la producción nacional de licuadoras de uso doméstico o comercial, así como la participación de Industrias Man en la misma.
Con base en dicha información, la Secretaría determinó que durante el periodo de examen Industrias Man tuvo una participación de 36% en la producción nacional.
Al respecto, agregó la Secretaría de Economía, si bien dicha participación no invalida la capacidad de Industrias Man para manifestar su interés en que se iniciara el procedimiento de examen de vigencia de las cuotas compensatorias, así como que su información sea analizada como la relativa a la rama de producción nacional de licuadoras, esta carece de relevancia indicativa para llegar a determinaciones fácticas apropiadas sobre la representatividad de los indicadores que proyectó para valorar el efecto que tendría la eliminación de las cuotas compensatorias en la rama de producción nacional.
El producto objeto de examen son las licuadoras, cuyo nombre comercial es licuadoras de uso doméstico o comercial. Respecto a sus características físicas, entre otros factores, se componen de dos partes principales: la base (o gabinete) y el vaso (o jarra) y, generalmente, la capacidad del vaso oscila entre 1 y 2½ litros, en tanto que la potencia del motor es de hasta 900 watts.