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Pemex, sin certeza de usar la APPRI

El tratado de protección de inversiones define lo qué se considera un inversionista, el caso de la paraestatal mexicana tendría que revisarse.

De recibir Petróleos Mexicanos (Pemex) una indemnización inferior al valor del mercado por la expropiación de la participación de Repsol en YPF, no está claro si la paraestatal mexicana podría recurrir al Acuerdo para la Promoción y la Protección Recíproca de las Inversiones (APPRI) entre México y Argentina, afirmó la consultoría Iqom.

En caso de que las autoridades argentinas ofrezcan a Repsol YPF SA el pago de una indemnización inferior al valor de la empresa antes de conocerse la expropiación, el valor de las acciones de la petrolera podría resultar afectado, por lo que en principio Pemex podría tener un caso , dijo.

El 16 de abril, la presidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, comunicó que había enviado al Congreso Nacional de esa nación un proyecto de ley que contempla la expropiación de 51% del patrimonio de la petrolera YPF SA.

Las autoridades mexicanas han comunicado que el Estado mexicano es accionista de cerca de 10% de Repsol a través de la paraestatal Pemex.

Iqom acotó que un tema a considerar es si Pemex cuenta con legitimidad procesal para iniciar una demanda en el marco del APPRI suscrito entre México y Argentina por la eventual pérdida del valor accionario de su participación en Repsol como resultado de la expropiación de YPF SA.

Para ello, habría que determinar si los actos de las autoridades argentinas alcanzan a Pemex para que ésta argumente que ha sufrido una expropiación indirecta -valor de sus acciones-, así como si la definición de inversor y demás disposiciones del APPRI le permitirían a la paraestatal recurrir al procedimiento inversionista-Estado contenido en el mismo.

QUÉ PRECISA UNA APPRI? SOBRE LAS INVERSIONES?DE UN PAÍS EN OTRO

El APPRI establece que se consideran inversores las personas físicas o jurídicas que han realizado una inversión (Pemex no efectuó inversión alguna en Argentina) y que, en el caso de las jurídicas, estén constituidas de conformidad con las leyes y reglamentaciones de México o Argentina y tengan su sede en México o Argentina.

Esto es, únicamente pueden recurrir al procedimiento de solución de controversias inversionista-Estado previsto en el APPRI, los inversionistas argentinos o mexicanos que cumplan con las condiciones mencionadas anteriormente y que se vean afectados por una medida adoptada por Argentina o México , argumentó.

Si el gobierno argentino pagara una indemnización correcta, Pemex no podría argumentar daños a su inversión.

rmorales@eleconomista.com.mx

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