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Mejoras y ajustes en el nuevo modelo en materia energética


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Hace unos días se publicaron en el Diario Oficial de la Federación1 las leyes secundarias en materia energética, con el objetivo de fortalecer el mercado nacional y asegurar la soberanía energética. Dicha legislación incluye un marco rector para la participación del sector privado en temas relacionados con los hidrocarburos y la electricidad. Como parte de esa reforma estructural se aprobaron las leyes secundarias en materia energética, las cuales incluyen esquemas de inversión privada en conjunto con inversión pública, dándole preminencia a Petróleos Mexicanos (Pemex) y a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en cada uno de sus ámbitos de competencia. El gobierno federal busca, con dichas reformas, realizar mejoras y ajustes al marco legal que rige al uso y aprovechamiento de los recursos naturales del país. En ese sentido, se busca otorgar mayores facilidades a la Secretaría de Energía para intervenir en el sector de manera estratégica, a fin preservar la justicia y la soberanía energéticas. Cualquier nuevo modelo en materia energética representa, sin duda, una enorme oportunidad para los integrantes del sector privado, ya que se transforma en un nuevo punto de partida para replantear o fortalecer los proyectos que estén en marcha, así como la oportunidad para nuevos jugadores que pudieran estar interesados en esos nuevos esquemas. Los esquemas que se establecen en la nueva legislación energética se concentran, básicamente, en dos grandes rubros: el de los hidrocarburos y el de la electricidad.

En temas de inversión en hidrocarburos (petróleo, gas, gasolina) habrá 3 tipos de asignaciones:

Asignaciones exclusivas de Pemex para exploración y producción.

En este esquema, el sector privado podrá participar solo mediante contratos de servicios. Se trata de instrumentos legales que se han utilizado desde siempre en México y en el resto del mundo, pero ahora lo que se busca es ofrecer mejores condiciones a los contratistas de seguridad, como asegurar sus pagos y la productividad de los campos que vayan a ser objeto de este tipo de contrato.

Asignaciones de desarrollo mixto.

Estarán a cargo de Pemex, pero se va a permitir la colaboración de inversión privada bajo ciertas condiciones establecidas por la Secretaría de Energía. Bajo este esquema, Pemex va a tener manera de “compartir” o recibir capacidades técnicas, operativas o inclusive financieras. En estos proyectos, Pemex debe tener, por lo menos, 40% de participación

Contratos de exploración y extracción.

Se trata de instrumentos que serán licitados para cualquier participante que quiera concursar por ellos bajo las condiciones que establezca exclusivamente la Secretaría de Energía, con alguna participación técnica de la Comisión Nacional de Energía.

Mientras que en temas de inversión en electricidad, los esquemas serán dos:

1. Esquemas de generación propia. En ellos, se cuenta con la figura de la generación distribuida que ya existía, pero ahora se le ha aumentado la capacidad. En lugar de tener como tope 0.5 megawatts, ahora será de 0.7, lo cual permitirá que los proyectos sean un poco más grandes. Esto amplía el universo de empresas que pueden tener acceso a este modelo, el cual no requiere permiso, no se conecta a la red y, básicamente, es uno de los grandes motores que impulsan la generación de energías, tanto eólicas como fotovoltáicas.

2. Esquemas de generación para terceros. Se trata, básicamente, de un esquema de autoconsumo que podría o no conectarse a la red dependiendo de las características técnicas y las necesidades de cada proyecto. Su generación debe de ser de entre 0.7 y 20 megawatts. Y solo en caso de que esté conectado a la red, podrá vender sus excedentes, exclusivamente a la Comisión Nacional de Electricidad.

Dentro de esta generación para terceros, existen otros tres modelos:

a. Productor independiente. Consiste en que un pequeño productor independiente puede generar únicamente para vender a CFE.

b. Productores mixtos. En ellos, la CFE deberá tener una participación obligatoria y mínima de 54%, mientras que los privados podrán tener como máximo 46%. Esta energía sí podrá venderse tanto a CFE como a terceros.

c. Suministradores del Mercado Eléctrico Mayorista. En este esquema, no existe restricción a la participación que tenga el sector público o privado: pueden ser 100% de privados, siempre y cuando estén dentro del mercado eléctrico mayorista, que ya tiene sus reglas de participación y de funcionamiento.

En términos generales, lo que plantean las nuevas leyes, y los esquemas de participación privada que componen la reforma energética, es una prevalencia del Estado mexicano en el sector energético, pero con espacio para la colaboración y la inversión del sector privado. Hay varias reglas técnicas que aún están por conocerse. Por ahora, contamos con la enorme ventaja de conocer que sí habrá esquemas de participación de privados, con reglas claras.

1Diario Oficial de la Federación, Edición Vespertina del 18 de marzo de 2025

Por Valeria Vázquez, Socia Líder de Energía y Recursos Naturales en Deloitte Spanish Latin America.

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