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Finanzas Personales

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Conoce los derechos del viajero

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) delegación Jalisco recordó que todo viajero cuenta con una serie de derechos que deben respetar las aerolíneas y empresas de transporte terrestre en todo momento.

Guadalajara.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) delegación Jalisco recordó que todo viajero cuenta con una serie de derechos que deben respetar las aerolíneas y empresas de transporte terrestre en todo momento.

VIAJE EN AVIÓN

Contar con seguro: Éste cubrirá daños a pasajeros, equipaje y a terceros, contratado por la aerolínea; llevar consigo hasta dos piezas de equipaje de mano a bordo.

Indemnización: Hasta de 40 salarios mínimos vigentes en el Distrito Federal en caso de destrucción, pérdida o daño a su equipaje de mano; y con 75 salarios mínimos, en el caso de equipaje documentado.

Viajar con un infante: Siempre que sea menor de dos años a su cuidado, no pagará tarifa de ninguna clase, pero éste no tendrá derecho a asiento.

Si se sobrevende o cancela el vuelo, tienen tres opciones para elegir:

  • Transporte en el primer vuelo disponible, comunicación telefónica al lugar de destino, alimentos y, de ser necesario, hospedaje. Todo sin cargo extra
  • Transporte para una fecha posterior
  • Reembolso total del precio del boleto

.

En las dos últimas opciones, la línea aérea debe indemnizarlos mínimo con 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje; si por un contratiempo se aterriza en otro lugar no previsto en el itinerario, la línea aérea está obligada a llevarlos hasta su destino.

Solicitar información: Los consumidores podrán solicitar a las aerolíneas toda la información que requieran sobre el servicio que ofrecen; podrán exigir las indemnizaciones a que tienen derecho en caso de algún incumplimiento.

En el caso de las aerolíneas, entre las obligaciones que tienen está la de contratar y tener vigente un seguro de daños hacia pasajeros y equipaje.

Las aerolíneas deberán responsabilizarse de los menores de edad que viajen solos y brindar atención especial a personas con discapacidad, mujeres embarazadas y personas de la tercera edad.

TRANSPORTE TERRESTRE

Por lo que toca a las empresas de servicios terrestres, algunos de los derechos que los consumidores tienen al utilizar el servicio de autotransporte federal de pasajeros son:

Recibir del proveedor, una vez efectuada la compra, un boleto que contenga razón social, clase de servicio, origen, destino, precio, fecha de viaje y número de asiento.

Recibir el servicio que ofrece el boleto, de acuerdo a la clase que se haya comprado; que se respete el precio de los boletos adquiridos con anterioridad a la fecha del viaje; que los horarios se cumplan estrictamente, aun cuando no haya suficiente pasaje, salvo caso fortuito o de fuerza mayor.

Contar con el reembolso del importe de su boleto por un retraso que sea mayor a dos horas en el origen del recorrido; recibir un comprobante que ampare su equipaje; solicitar toda la información que requieran sobre el servicio y exigir indemnizaciones a que tienen derecho en caso de algún incumplimiento.

Contar con un seguro por parte de las empresas, que cubra los daños que puedan sufrir los pasajeros, el cual debe amparar gastos médicos y la indemnización por muerte en caso de accidentes.

Responder por la pérdida o daños que sufra el equipaje de los pasajeros, desde que abordan hasta que descienden del vehículo, siempre y cuando estos conserven su boleto y/o comprobante del equipaje.

Ofrecer descuentos de 50% a adultos mayores. Además, durante las temporadas de vacaciones aprobadas por la Secretaría de Educación Pública, 25 por ciento a dos maestros y 50 por ciento a ocho estudiantes, por autobús, sobre las tarifas de las corridas regulares de primera y económico.

La Profeco recuerda a los usuarios que se podrá prohibir el abordaje a cualquier pasajero que se encuentre en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas o enervantes; o que porte explosivos, sustancias peligrosas, armas sin el permiso respectivo y, en general, cualquier otro elemento que constituya un riesgo para los demás viajeros.

apr

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