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El principio de proporcionalidad en el contrato de seguro de daños
La importancia de declarar todo lo que deseas asegurar y aclarar las dudas en torno al tema.
Los seguros son herramientas indispensables para la protección de nuestro patrimonio, pero desafortunadamente confunden a mucha gente. Aunque parezcan similares, pueden tener profundas diferencias en sus términos y condiciones.
Un seguro hay que decirlo es un contrato. En él se especifica a qué se obliga la compañía de seguros y a qué nos obligamos nosotros. El principio de buena fe es muy importante: las aseguradoras no corroboran todos los riesgos que asumen, por lo cual se basan en la información que nosotros proporcionamos. La prima se basa en ello. Por lo tanto, si no lo hacemos bien o mentimos podemos perder cobertura.
Hace poco me contactó una empresa pequeña que se estaba quejando de que la compañía aseguradora quería pagarle mucho menos de la suma asegurada. Ellos habían declarado una suma asegurada de 100,000 pesos, pero sus daños ascendían a 500,000.
Una vez terminado el proceso de ajuste, resulta que la cantidad que les correspondía bajo el contrato de seguro era de sólo 20,000 pesos.
¿La aseguradora les quiso ver la cara? No, nada como eso. ¿Los asesoraron mal? Tampoco. Contrataron el seguro sin ninguna asesoría de un agente profesional, a través del banco que les había otorgado un crédito pero les exigió un seguro.
¿Por qué la aseguradora sólo estaba pagando 20,000 pesos? Por un principio conocido como proporcionalidad. En un seguro de daños para una empresa la prima que se paga va en proporción al tamaño de ésta. El riesgo que asume la compañía de seguros va también en esta misma proporción.
El asegurado es el que tiene que declarar el valor total de sus activos y el límite que desea contratar. Para entenderlo, veamos un ejemplo sencillo.
Pensemos en dos comercios pequeños: el primero tiene sólo un local rentado. El valor total de su mercancía es de 500,000 pesos.
El otro es una empresa mucho más grande, ha sido bien administrada y ha crecido bastante. El dueño ya puso cinco locales en lugares diferentes. Cada local es del mismo tamaño y tiene 500,000 pesos de mercancía.
¿Deben pagar la misma prima? Desde luego que no. El segundo comercio es cinco veces más grande. Son cinco locales y cada uno de ellos podría tener algún evento. Por lo tanto, teóricamente, debe pagar prima por cada local.
¿Qué pasa si las dos empresas compran una póliza y declaran valores de 500,000 pesos? Ambos estarían pagando la misma prima, lo cual, como ya vimos, no es correcto.
En caso de siniestro, el primer comercio estaría bien asegurado y no habría problema alguno.
La segunda empresa, sin embargo, tendría problemas. Pagó únicamente la quinta parte de la prima que le hubiera correspondido (es decir, 20 por ciento). La compañía de seguros entonces le va a pagar únicamente 20% de la indemnización que le hubiese correspondido, por el principio de proporcionalidad que está plasmado en el contrato de seguro (se llama cláusula de proporción indemnizable).
¿Es válido este principio? Desde luego, porque, como vimos, es un contrato que se rige por la buena fe; pero, sobre todo, porque la prima va en proporción al tamaño del riesgo. ¿Es legal? No sólo en México, sino en todo el mundo.
¿La aseguradora está queriendo pasarse de lista? No, está respondiendo cabalmente a sus obligaciones establecidas en el contrato de seguro.
En este espacio he dicho siempre que las malas experiencias financieras ya sea en inversiones, en ahorro o en seguros se dan porque la gente no entiende el producto que compró.
Por eso es indispensable estar bien asegurados y asesorados por un buen agente de seguros, profesional en la materia. Ellos no sólo nos ayudan a encontrar el producto adecuado a nuestras necesidades, sino que están de nuestro lado y nos asesoran en caso de siniestro.
Claro, no todos los agentes son profesionales. ¿Cómo podemos encontrar uno? De eso hablaremos en nuestras próximas colaboraciones.
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