Lectura 3:00 min
Acusan a juez de Agronitrogenados de violar Código
La Fiscalía General de la República (FGR) informó que se presentará un recurso de apelación y acciones legales que procedan con relación a la suspensión que otorgó un juez de Control a Emilio Lozoya por el caso de Agronitrogenados.
La Fiscalía General de la República (FGR) informó que se presentará un recurso de apelación y acciones legales que procedan con relación a la suspensión que otorgó un juez de Control a Emilio Lozoya por el caso de Agronitrogenados.
De acuerdo con la FGR, el decretar la suspensión del procedimiento en contra del exdirector de Petróleos de México (Pemex), el juez Gerardo Genaro Alarcón López, que lleva el caso, violó flagrantemente el Código Nacional de Procedimientos Penales, en lo que señalan los artículos del 186 al 190.
En el primero se indica que los acuerdos reparatorios son aquéllos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el juez de control y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.
Mientras que último establece que los acuerdos reparatorios deberán ser aprobados por el juez de Control a partir de la etapa de investigación complementaria y por el Ministerio Publico en la etapa de investigación inicial.
Asimismo, la fiscalía indicó que se viola preceptos terminantes de la Ley de Amparo y del Código Nacional, “produciendo un grave daño a las víctimas y una ventaja indebida al procesado”.
La FGR detalló que la determinación viola el Código debido a que dio por reparado el daño que causó Alonso “A”, lo cual no se ha cumplido íntegramente ni ha sido aceptado explícitamente por las víctimas de la venta, en un precio abusivo e ilegal, de la planta industrial Agronitrogenados a Pemex, dirigida en ese entonces por Emilio Lozoya.
Soborno
De igual manera, dijo la FGR, el juez tampoco señaló que el exdirectivo de Pemex durante la administración de Enrique Peña Nieto, se le acusa de haber recibido un supuesto soborno de Alonso Ancira, dueño de Altos Hornos de México, por cerca de 4 millones de dólares, cometiendo así el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, al utilizar dicha suma para adquirir una residencia de gran lujo en la Ciudad de México, de lo cual no ha reparado el daño causado.
El juez, en su determinación, se sustentó indebidamente en una tesis aislada sobre delitos que son diferentes a los de este caso y la cual no genera derechos, al corresponder a un circuito judicial de Querétaro que no es aplicable obligatoriamente en la Ciudad de México”, refirió la FGR.
A consideración de la fiscalía, el juzgador actuó ilegalmente, al omitir su obligación indeclinable de fundar y motivar en la ley y en la jurisprudencia vigentes, su acuerdo; ya que los artículos correspondientes del Código Nacional no establecen, en modo alguno, que un acuerdo para uno de los imputados de un delito beneficie al resto de los involucrados.
La FGR señaló que el juez omitió señalar que Emilio Lozoya no ha celebrado acuerdo reparatorio alguno con las víctimas, como lo establece el artículo 189 del Código Nacional de Procedimientos Penales, dejándolas en estado de indefensión en los términos de lo señalado por el Artículo 20 de la Constitución y 109 del citado Código Nacional.