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Política

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Aprueban dictamen de Datos Personales

Las empresas, gobiernos, organismos autónomos, partidos y sindicatos que tengan en su poder bases de datos personales, podrán hacer uso de ellos sólo a través del consentimiento del titular.

La Comisión Anticorrupción de la Cámara de Diputados aprobó expedir la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que ordena al Estado mexicano garantizar la privacidad de los ciudadanos, y velar que personas, gobiernos, empresas, instituciones bancarias y sitios de Internet, entre otros, no incurran en manejo irresponsable de los datos personales.

Por 16 votos a favor del PRI, PAN, PVEM, Nueva Alianza y Encuentro Social, y cuatro en contra del PRD y Morena, los integrantes de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción aprobaron el dictamen, en términos de lo aprobado por el Senado de la República el pasado 28 de abril. El dictamen será presentado al Pleno de la Cámara de Diputados la próxima semana.

Al argumentar su voto en contra, los diputados Rafael Hernández Soriano, Agustín Basave y Omar Ortega del PRD consideraron que esta Ley no cumple con requisitos máximos para el resguardo de los datos por parte de los sujetos obligados.

El contenido de la Ley General prohíbe a empresas, gobiernos federal, estatal y municipal, organismos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y sindicatos que tengan en su poder bases de datos, obtener y tratar datos personales, a través de medios engañosos o fraudulentos, privilegiando la protección de los intereses del titular y la expectativa razonable de privacidad.

Refiere que para poder hacer uso de su información, los sujetos obligados deberán tener el consentimiento expreso o tácito del titular.

Sobre los medios de impugnación, establece que el titular de los datos que sienta vulneración de su información, podrá interponer recurso de revisión o de inconformidad ante el INAI o órgano garante estatal para la rectificación, cancelación y oposición de los mismos.

Sobre las bases de datos en posesión de instancias de seguridad, procuración y administración de justicia, establece que serán limitados a aquellos que sean necesarios y proporcionales para el ejercicio de sus funciones para la prevención o persecución de delitos. Menciona que las comunicaciones privadas son inviolables y que las escuchas sólo podrán ser a petición del Ministerio Público .

El Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales tendrá como función coordinar y evaluar las acciones relativas a las políticas públicas transversales en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, así como establecer criterios y lineamientos en la materia.

jmonroy@eleconomista.com.mx

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