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Política

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Avalan cambios a la Ley Sobre el Uso de la Fuerza

Se establece que las instituciones de seguridad revisarán y actualizarán los protocolos de actuación, así como las técnicas en uso de la fuerza.

Foto: Archivo

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Por mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, con la finalidad de incluir los principios de racionalidad y oportunidad en el uso de la fuerza, y elimina el término “fuerza epiletal”.

Con 479 votos a favor, las y los diputados avalaron el dictamen derivado de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ordenó al poder Legislativo modificar la citada ley, ya que declaró la invalidez de una porción de la norma, como resultado de una acción de inconstitucionalidad que fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Y es que la SCJN ordenó al Congreso de la Unión realizar modificaciones a la ley para establecer explícitamente la finalidad del uso de la fuerza, incluir los principios de racionalidad y oportunidad que son requeridos para el uso de la fuerza, y eliminar el concepto de “fuerza epiletal”.

En ese sentido, el documento, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales,  precisa que la finalidad del uso de la fuerza es salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación, preservación o restablecimiento del orden público, seguridad y la paz pública.

Nuevos conceptos

Se incluye la definición de “racionalidad”, la cual será la decisión en la que se valora el objeto que se persigue, las circunstancias de la agresión, las características personales y las capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante de las fuerzas de seguridad, lo que implica que, dada la existencia del acto o intención hostil, es necesario la aplicación del uso de la fuerza.

De igual modo, el concepto de “oportunidad”, el cual indica que cuando se requiera hacer uso de la fuerza se debe evitar todo tipo de actuación innecesario cuando exista evidente peligro o riesgo de la vida de las personas ajenas a los hechos. Esto significa que debe procurarse en el momento y en el lugar en el que se reduzcan al máximo los daños y afectaciones tanto a la vida como a la integridad de las personas involucradas y sus bienes y en general, la afectación de los derechos de las personas.

También se establece en el régimen transitorio que “las instituciones de seguridad revisarán y, en su caso, actualizarán los protocolos de actuación, los manuales de técnicas para el uso de la fuerza, la descripción de las conductas a realizar por parte de los agentes y los cursos de capacitación para el efecto de incorporar la finalidad del uso de la fuerza y los principios de oportunidad y racionalidad, en sus contenidos”.

Para tal fin se reforman la fracción XIV del artículo 3; la fracción IV y V del artículo 4, y la fracción VI del artículo 6, y se adicionan las fracciones VI y VII en el artículo 4, de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.

Durante la votación y discusión, el diputado Román Cifuentes Negrete (PAN), consideró que es necesario que todos los manuales de capacitación para la formación y profesionalización de los elementos de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno se adecúen para que tengan la certeza de que el trabajo va a estar orientado en un esquema de protección a los derechos humanos.

Por el PRI, la diputada Marcela Guerra Castillo señaló que los principios que se proponen incorporar a la ley, el de racionalidad y oportunidad, complementan la proporcionalidad y la definición de métodos, técnicas y tácticas del uso de la fuerza mediante el empleo de armas incapacitantes, letales y no letales. Sostuvo que estos principios facilitan hacer efectiva la potestad del uso de la fuerza por parte de las instituciones de seguridad pública.

maritza.perez@eleconomista.mx

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