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Política

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Consulta popular, sujeta a petición

Los ciudadanos tienen hasta el 15 de septiembre próximo para presentar ante la Cámara de Diputados o el Senado de la República su petición para convocar a consultas populares, según establece la nueva Ley Federal de Consulta Popular, cuyo decreto fue publicado el viernes.

Los ciudadanos tienen hasta el 15 de septiembre próximo para presentar ante la Cámara de Diputados o el Senado de la República su petición para convocar a consultas populares, según establece la nueva Ley Federal de Consulta Popular, cuyo decreto fue publicado el viernes.

En su artículo 13 la nueva ley precisa que la petición de consulta popular podrá presentarse ante las cámaras del Congreso a partir del 1 de septiembre del segundo año de ejercicio de cada legislatura y hasta el 15 de septiembre del año previo al que se realice la jornada electoral federal.

Sin embargo, el artículo segundo transitorio establece que por única ocasión el periodo de recepción de la consulta popular se iniciará a partir del día siguiente a la entrada en vigor de la ley, es decir, del pasado sábado y hasta el 15 de septiembre de este año.

La nueva ley da al Congreso 180 días (hasta el 14 de septiembre del 2014) para emitir las adecuaciones a la legislación secundaria.

En ese marco, siempre que vaya acompañada del respaldo de 2% de los inscritos en la lista nominal de electores, los ciudadanos podrán hacer ante el Congreso la petición de consulta popular.

El procedimiento indica que recibida la petición por el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara que corresponda, la publicará en la Gaceta Parlamentaria, dará cuenta de la misma y solicitará al IFE (próximamente INE) para que en un plazo de 30 días verifique que cuenta con el respaldo de 2% de los electores.

Si no cumple con ese requisito, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara que corresponda dará cuenta y procederá con su archivo.

Si se determina que se cumple el requisito, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara que corresponda enviará la petición a la Suprema Corte.

De aprobarla la Suprema Corte el Congreso emitirá la convocatoria para llamar a consulta popular, la notificará al Instituto Federal Electoral para que inicie el procedimiento de consulta que se realizaría durante la jornada federal comicial más próxima. En este caso en julio del 2015.

jmonroy@eleconomista.com.mx

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