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Diputados aprueban reforma para garantizar prestaciones a militares en la Guardia Nacional
El documento, aprobado este mismo miércoles en el Senado de la República, fue enviado a los congresos de los estados para su aprobación.
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles la minuta proveniente del Senado que interpreta los alcances del Artículo Tercero Transitorio de la Constitución, en materia de Guardia Nacional, y con la cual se busca dar certeza a los derechos laborales del personal militar que se integra a este órgano de seguridad.
El proyecto de decreto avalado, de manera urgente, por 415 votos a favor y uno en contra, plantea garantiza rango y prestaciones a elementos de las Fuerzas Armadas asignados a la Guardia Nacional al interpretar el alcance del artículo tercero transitorio del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019.
El documento, aprobado este mismo miércoles en el Senado de la República, fue enviado a los congresos de los estados para su aprobación.
Según lo expuesto por los legisladores, la interpretación auténtica respecto de los alcances del Artículo Tercero Transitorio de la Constitución, en materia de Guardia Nacional, deberá ser en el sentido de garantizar los derechos, prestaciones, pertenencia, rango, servicio y antigüedad del personal de las policías militar y naval asignado a la Guardia Nacional por acuerdos de carácter general emitidos por el presidente de la República.
Y es que se advirtió que ni la Constitución, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, ni la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos prevén con total certeza los parámetros para garantizar los derechos y la seguridad laboral de las policías Militar y Naval, así como de la Fuerza Armada Permanente asignados a la Guardia Nacional.
Por ello, la interpretación asegura el respeto a los derechos laborales de estos elementos, ya que evita cualquier menoscabo durante la asignación temporal a la Guardia Nacional, y fomenta un trato justo y equitativo para los elementos de las Fuerzas Armadas, porque se reconoce su contribución específica a la seguridad pública, y garantiza que no se vean afectados negativamente sus derechos por esta participación temporal.