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Política

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Diversificación de trata de personas, en aumento

La explotación laboral y sexual, principales modalidades de esclavitud moderna en México, necesitan la intervención del Estado para garantizar que el acceso al derecho sea sustitutivo, y de la ciudadanía para la denuncia de estos delitos, aseguraron expertas.

La explotación laboral y sexual, principales modalidades de esclavitud moderna en México, necesitan la intervención del Estado para garantizar que el acceso al derecho sea sustitutivo, y de la ciudadanía para la denuncia de estos delitos, aseguraron expertas.

De acuerdo con el Índice de Esclavitud  2018, en México 341,000 personas son víctimas de la esclavitud moderna, es decir, 2.71 personas por cada 1,000 habitantes son explotadas.

El informe de la Fundación Walk Free define la esclavitud moderna como cualquier situación de explotación que una persona no puede abandonar a causa de amenazas, violencia, coerción, abuso de poder o engaños.

Entrevistada por El Economista, la coordinadora del área de prevención de la Asociación Nacional contra la Trata Humana en la Sociedad ( Anthus), Mitzi Cuadra, manifestó que a pesar de que México ratificó el Protocolo de Palermo el 25 de diciembre del 2003, para combatir la trata con fines de explotación sexual, el cual complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, las políticas públicas no han funcionado para que se lleve a cabo el objetivo de esta estrategia internacional.

“A pesar de que no se ha reducido (este ilícito), se ha logrado frenar su evolución, el tema es que la diversificación de trata ha aumentado”, expresó.

La finalidad del Protocolo de Palermo es prevenir y combatir la trata de personas, con especial atención en las mujeres y los niños; proteger y ayudar a las víctimas, respetando plenamente sus derechos humanos, y promover la cooperación entre los Estados para lograr los fines.

La integrante de Anthus explicó que la trata y explotación sexual son delitos de ocultamiento, por lo que hay cifras negras y se desconoce el número exacto de las víctimas de este delito.

Reconoció que si bien existe una ley para sancionar este delito, dijo que no todas las mujeres tienen acceso a ella.

“Más allá de regenerar leyes o normas, es necesario generar que el acceso al derecho sea sustantivo, donde las víctimas puedan tener una justicia sustantiva; más  bien debe replantearse el tema de practicidad”, dijo.

Según la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas, 11 delitos en la materia son sancionados: esclavitud, la condición de siervo, explotación sexual, explotación laboral, trabajos forzados, mendicidad forzada y utilización de personas menores de 18 años en actividades delictivas. También la adopción ilegal de personas menores de 18 años, el matrimonio forzoso o servil, el tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos y  experimentación biomédica ilícita.

Sobre la explotación laboral, la presidenta de la Comisión Unidos contra la Trata, Rosi Orozco, declaró que las personas en condición de pobreza son las más vulnerables a ser víctimas de este delito.

Ejemplificó que los casos más comunes de trata son los de mujeres que trabajan realizando actividades del hogar y que no cuentan con horarios, salarios fijos o seguridad social, así como los trabajadores agrícolas, quienes, en algunos casos, no reciben remuneración.

“Es gravísima la situación de millones de chicas que trabajan en el servicio del hogar y jornaleros agrícolas que han pasado décadas en esta situación”.

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