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El arraigo es una medida necesaria: TSJDF
Ante la violencia e inseguridad que padece el país, las medidas tradicionales no son suficientes para combatir a la delincuencia y crimen organizado, por lo que se tiene que recurrir a medidas de carácter extraordinario, como la figura del arraigo, destaca el magistrado Salvador Ávalos Sandoval.
Ante la violencia e inseguridad que padece el país, las medidas tradicionales no son suficientes para combatir a la delincuencia y crimen organizado, por lo que se tiene que recurrir a medidas de carácter extraordinario, como la figura del arraigo, destaca el magistrado Salvador Ávalos Sandoval, de la Quinta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
Esta medida es una herramienta que ha generado polémica en cuanto a su aplicación en México. Diversas organizaciones civiles y defensores de los derechos humanos, tanto nacionales como internacionales, se han pronunciado por su abolición; sin embargo, para los jueces que emiten este tipo de medidas cautelares, es una herramienta efectiva que no debe de acotarse, ello -aseveran- para enfrentar los delitos de alto impacto.
Es la forma que tiene el Estado de poder contener un poco el nivel de inseguridad y la forma tan violenta en que se está expresando la delincuencia .
Para que sea exitosa, Ávalos Sandoval menciona que esta medida debe ser aplicada bajo un debido proceso y sólo para determinados casos, como en la comisión de secuestros, homicidios, violaciones, entre otros ilícitos considerados en el Código Penal como delitos graves y de alto impacto.
Aunque el Magistrado reconoce que no existe en el Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal una especificación del procedimiento que se tiene que seguir para que el arraigo no viole uno de los principios fundamentales, como lo es la presunción de inocencia, así como el debido proceso, por lo que refiere es necesario reformar la ley para que no haya huecos legislativos.
Asegura en entrevista que esta figura es eficaz, ya que de los arraigos que se han concedido judicialmente en la ciudad de México, 60% culmina en consignaciones, y de éstos, en 90% se llega a sentencias condenatorias, es decir, como herramienta jurídica de corte extraordinario se justifica la existencia del arraigo. Es una medida que a veces no nos gusta, pero si hay reglas claras y sabiendo cada quien su responsabilidad, bienvenida .
Diputados perredistas en la Asamblea Legislativa del D impulsarán para este periodo ordinario de sesiones una iniciativa que contempla la reducción del tiempo de arraigo a la que puede ser sometida una persona.
Los legisladores plantean limitar a 20 días el tiempo que las autoridades judiciales de la capital del país podrán retener a una persona, para determinar su presunta responsabilidad en la comisión de un delito, y no 80 días, como actualmente se puede hacer.
Al respecto, el investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Sergio García Ramírez, afirma que esta propuesta de los diputados locales es un paso hacia la dirección correcta; no obstante, dice que es insuficiente, ya que lo que se tiene que hacer es reconsiderar el arraigo y sustituirlo por otra figura, que satisfaga la investigación y respete los derechos humanos de los individuos.
El académico menciona que los partidarios de esta figuran consideran que se facilita la investigación, empero, dice que lo que se requiere es tener una policía de inteligencia e investigadora, que permita, sin quebrantar principios fundamentales del derecho penal, hacer las indagaciones y alcanzar buenos resultados en la lucha contra la delincuencia organizada.
veronica.macias@eleconomista.mx