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Política

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INE ordena retirar la mañanera de AMLO del 7 de marzo por contener propaganda ilegal

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE fijó dos medidas cautelares a la Presidencia de la República por emitir propaganda gubernamental ilegal durante el proceso en marcha de revocación de mandato al presidente Andrés Manuel López Obrador por pérdida de confianza como establece la Constitución.

El presidente Andrés Manuel López Obrador.

El presidente Andrés Manuel López Obrador.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) fijó dos medidas cautelares a la Presidencia de la República por emitir propaganda gubernamental ilegal durante el proceso en marcha de revocación de mandato al presidente Andrés Manuel López Obrador por pérdida de confianza como establece la Constitución.

Por unanimidad de votos de los consejeros Claudia Zavala, Ciro Murayama y Adriana Favela Herrera, la Comisión de Quejas y Denuncias declaró procedentes medidas cautelares en contra del Presidente de la República por la difusión de dos publicaciones del 5 y 6 de marzo en su cuenta de Facebook, por tratarse de propaganda gubernamental, así como por la difusión de acciones y logros de gobierno durante la conferencia matutina del 7 de marzo, a la cual asistió el director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Octavio Romero, y el titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Villalobos.

Los consejeros que integran dicha Comisión estimaron que tanto las publicaciones en Facebook del Presidente de la República como por las manifestaciones del director de Pemex y el secretario de Agricultura en la conferencia mañanera versan sobre propaganda gubernamental relacionada con logros del gobierno federal.

Por ello se ordenó al Presidente de la República a que, de inmediato, que en un plazo que no podrá exceder 6 horas, realice las gestiones necesarias para eliminar los archivos de audio, audiovisuales o versiones estenográficas de la conferencia matutina realizada el 7 de marzo o modificar los referidos archivos a efecto de que sean suprimidas las manifestaciones realizadas por los funcionarios señalados.

De la misma manera se ordenó retirar las publicaciones realizadas los días 5 y 6 de marzo en Facebook y de cualquier otra plataforma electrónica bajo dominio, control o administración de la Presidencia de la República y su vocería, debiendo informar de su cumplimiento, dentro de las 6 horas siguientes a que eso ocurra.

Respecto de la solicitud de dictar la tutela preventiva, la Comisión consideró su improcedencia, toda vez que la solicitud versa sobre hechos futuros de realización incierta, al no existir en el expediente elementos o datos que sirvan de base para considerar que los actos denunciados continuarán o se repetirán, sin que se prejuzgue sobre la existencia de las infracciones denunciadas, lo que en su caso, corresponderá analizar a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuando resuelva el fondo del asunto.

En tanto, en otro asunto, la Comisión de Quejas y Denuncias determinó que las autodenominadas “Juventudes de Morena Estado de México” y el periódico “Regeneración”, ambos ligados a Morena, no intervienen de manera ilegal en la revocación de mandato.

La Comisión declaró improcedente la medida cautelar solicitada por el PAN y PRD en contra de Morena y de su dirigente nacional Mario Delgado, por la presunta promoción e intervención ilegal en el proceso de revocación de mandato, por la realización de diversos eventos y brigadas “Juventudes de Morena Estado de México”, las cuales promocionan este ejercicio, entre ellos, el denominado “Encuentro Municipalistas de Morena”, celebrado el pasado 6 de marzo, en donde Delgado incluso pidió visitar casa por casa para lograr una participación histórica y ganar la continuidad de la autodenominada 4T.

La Comisión también declaró improcedente la medida cautelar respecto a la distribución del periódico denominado “Regeneración”, porque no forma parte de la estructura partidista, además que el partido Morena se deslindó de las publicaciones.

Sin embargo, la Comisión hizo un llamado al presidente del partido político Morena para que, en todo momento, ajuste sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales en materia de revocación de mandato, y le recordó su obligación de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no influir, de ninguna manera, en la opinión ciudadana.

En un tercer asunto, la Comisión negó medidas cautelares solicitadas por Morena en contra de Marko Antonio Cortés, presidente nacional del PAN, por la presunta vulneración a los principios de legalidad, imparcialidad y equidad en el proceso de revocación de mandato, debido a que el dirigente panista asistió a eventos donde realizó declaraciones con la intención de inhibir y desalentar la participación de la ciudadanía.

La Comisión, preliminarmente, consideró que se tratan de actos consumados, pues los eventos se celebraron los días 12 de octubre de 2021 y el 4 y 21 de febrero de 2022; de igual forma, negó la tutela preventiva solicitada pues no se cuenta con información objetiva y suficiente que permita inferir que esas conductas ocurrirán en el futuro.

No obstante, la Comisión también un llamado al presidente del PAN, para que, en todo momento, ajuste sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales en materia de revocación de mandato, y le recordó su obligación de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no influir, de ninguna manera, en la opinión ciudadana.

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