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Jurisprudencia desde la primera sentencia
De aprobarse la reforma a la Corte, la jurisprudencia entraría en vigor con el voto de al menos ocho ministros.
Los criterios ordenados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) serían obligatorios de cumplir desde la primera sentencia.
“Antes se requería que la Suprema Corte reiterara sus criterios en cinco ocasiones para que fueran obligatorios. Esto generaba que muchas de sus sentencias no tuvieran el impacto que deben tener y que se obligara a los quejosos a litigar ante las instancias más altas para ver sus derechos protegidos.
“Por lo tanto, se propone que la Suprema Corte avance a un sistema de precedentes en el que las razones que justifiquen todas sus sentencias, con una votación calificada, formen jurisprudencia y sean obligatorias para todos los órganos jurisdiccionales del país”, precisa el paquete de iniciativas en materia de administración de justicia, que analizará el Senado.
El documento refiere que, de aprobarse la propuesta, se fortalecerán las sentencias de la Corte para que todos los ciudadanos puedan exigir su cumplimiento, y protegerán de manera más eficiente y rápida sus derechos, además de que ello evitará que los ministros tengan que discutir varias veces el mismo asunto, a fin de que puedan enfocarse en seguir fortaleciendo y precisando la doctrina constitucional.
La iniciativa plantea también la necesidad de que todas las tesis expongan claramente los hechos relevantes del caso, el criterio jurídico y los argumentos que justificaron la decisión, y que las cuestiones de hecho y de derecho que no sean necesarias para justificar el fallo en ningún caso se incluyan en la tesis para que sólo se contengan los criterios que realmente son obligatorios para los órganos jurisdiccionales.
De ese modo se podrá avanzar, según la SCJN, a un sistema de precedentes en que los operadores jurídicos puedan tener más certeza y discernir de mejor manera en qué casos aplica la jurisprudencia, lo que ayudará a que se entiendan los precedentes de los tribunales de amparo de manera más coherente y armónica.
En la Ley de Amparo, reglamentaria del 107 constitucional, se plantea precisar que la jurisprudencia que establezca la SCJN será obligatoria para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas.
De aprobarse la iniciativa en los términos en que se propone, el Artículo 107 constitucional precisaría: “Cuando en los juicios de amparo indirecto en revisión se resuelva la inconstitucionalidad de una norma general”, la Corte “lo informará a la autoridad emisora correspondiente”.
Transcurrido el plazo de 90 días naturales sin que se supere el problema de inconstitucionalidad, la Corte emitirá, siempre que fuera aprobada por una mayoría de cuando menos ocho votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad con lo que se generaría la jurisprudencia.