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Política

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Morena plantea la despenalización de la mariguana con fines industriales

El proyecto indica que de la cannabis procede la mariguana o el cáñamo, este último posee apenas 0.5% de THC, por lo que su efecto psicoactivo es prácticamente nulo.

El grupo parlamentario del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en la Cámara de Diputados promueve reformas a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal para despenalizar el uso del cannabis con fines industriales.

La iniciativa en estudio refiere que la intención es que en México se impulse la industria de cáñamo para beneficiar a los sectores económico, social y rural del país.

De la cannabis procede la mariguana o el cáñamo, dependiendo de la subespecie y de cómo, qué tipo de planta y con qué fines se cultive. En el caso del cáñamo, el uso puede ser exclusivamente industrial para la obtención de gran variedad de productos. La mariguana contiene sustancias psicoactivas, pero el cáñamo no contiene la cantidad de psicoactivos que pueda llegar a representar riesgo alguno como estupefaciente , precisa el proyecto en la exposición de motivos.

En el 2007, durante la LX Legislatura de la Cámara Baja, Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata (PAS), propuso también legislar en torno al uso del cáñamo para uso industrial, mediante reformas a los códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales.

René Ricardo Fujiwara Montelongo, integrante de la bancada del Partido Nueva Alianza (Panal), promovió en marzo del año pasado, como integrante de la LXII Legislatura, enmendar la Ley General de Salud y el Código Penal Federal.

El nieto de la lideresa del SNTE, Elba Esther Gordillo Morales, propuso establecer que no se considerará estupefaciente a la planta cannabis sativa, indica, ruderalis o mariguana cuando el porcentaje de tetrahidrocannabinol (THC) sea igual o menor que 0.5%, en cuyo caso se denominará cáñamo.

Desde la perspectiva de los legisladores de Morena, resulta importante diferenciar el nombre de mariguana como la producida para fines recreativos o medicinales y el cáñamo, que es la planta de la que se obtienen productos para diversas industrias, como el papel o textiles diversos.

Por ello, pretenden que se establezca en la Ley General de Salud que, entre otras sustancias, se considerarán estupefacientes el cannabis sativa indica, y americana o mariguana, su resina, preparados y semillas, cuando se trate de concentraciones de tetrahidrocannabinol superiores a 0.5 por ciento.

La diferencia entre el cannabis sativa y el cannabis sativa indica está en la concentración de la sustancia psicoactiva. Mientras el hachís llega a contener hasta 20% de Delta-9-Tetrahidrocannabinol, conocido como THC, el cáñamo posee apenas 0.5% de TCH, por lo que su efecto psicoactivo es prácticamente nulo , precisa el proyecto de reforma legal.

En el Código Penal Federal se establecería que no se aplicará la imposición de prisión de uno a seis años a quien se dedique a la siembra, cultivo, cosecha e industrialización de productos a partir de la semilla de cáñamo con una concentración de tetrahidrocannabinol igual o menor a 0.5%, con autorización de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

rramos@eleconomista.com.mx

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