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Niega TEPJF registro a independientes
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró improcedente otorgar la candidatura presidencial ciudadana a Manuel Clouthier Carrillo.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la negativa de registro como candidato presidencial independiente a Manuel Clouthier Carrillo, quien anunció que continuará su campaña en busca del voto aún sin el registro.
Con mayoría de cuatro de los seis magistrados, se canceló en definitiva la posibilidad de que el IFE considere a Clouthier y nueve personas más como candidatos independientes. En un debate de más de tres horas, los magistrados coincidieron en hacer un llamado al Congreso para que emita en breve los requisitos para las candidaturas independientes que aprobó en la reforma política.
Los magistrados Alejandro Luna Ramos, Salvador Nava, Manuel González y Flavio Galván negaron el registro a Clouthier, pues consideraron improcedentes los cinco argumentos que ofreció: que el Artículo 41 constitucional no prevé exclusividad a los partidos de registrar candidatos y, por tanto, el artículo 218 del Código Electoral es inconstitucional; violación al Artículo 35 constitucional de votar y ser votado; violación a la reforma constitucional de derechos humanos por ser discriminado y violación a la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
El presidente del TEPJF, Alejandro Luna, dijo que conceder candidaturas independientes daría iniquidad al proceso electoral, que ya no se puede cambiar por decisión administrativa la ley electoral, que no considera acceso al financiamiento público y medios de comunicación a los independientes, además de que la misma ley prohíbe hacer modificaciones a las reglas durante el proceso comicial.
En el proyecto, los magistrados llaman a los legisladores para que, una vez aprobada la reforma política, emitan las circunstancias, requisitos y condiciones que los ciudadanos deben satisfacer para ejercer el derecho a ser votado.
Los cuatro magistrados en contra del registro de Clouthier defendieron la constitucionalidad del artículo 218 del Cofipe, que establece que sólo los partidos pueden registrar candidatos.
Al conocer la resolución, Manuel Clouthier dijo que recurrirá a tribunales internacionales. Anunció que continuará su campaña para pedir el voto y criticó la decisión de los magistrados. El derecho a ser postulado por los partidos políticos es una opción, una alternativa de los ciudadanos, no es la única y disiento radicalmente con esta posición , afirmó.
En otra de sus resoluciones, el TEPJF determinó negar el registro como candidatos a Hugo Armando Hermosillo Saucedo, José Marcelo Mejía García, quienes fueron removidos por el PAN y PRI, respectivamente, como candidatos a diputados federales para ser sustituidos por mujeres, para cumplir con la cuota de género.
El mismo caso corrieron Octavio Raziel Ramírez Osorio y Sergio Eloy de la Torre Mata del PRD.
jmonroy@eleconomista.com.mx