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Política

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Ordenan mantener prestaciones de expolicías federales

En la resolución se señalaron omisiones del Ejecutivo federal en regular las condiciones de transferencia de elementos hacia la Guardia Nacional.

El titular del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, fue “omiso” en regular suficientemente las condiciones de transferencia de los elementos de la Policía Federal a la Guardia Nacional (GN), lo cual generó incertidumbre entre dichos elementos, determinó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al resolver un amparo promovido por Antonio García Medina, un elemento de la Policía Federal inconforme con su traslado a la GN porque no se mantuvieron sus prestaciones laborales, la Segunda Sala ordenó a la Secretaría de Seguridad mantener en la GN el salario y prestaciones que tenían los elementos de la extinta Policía Federal.

En el proyecto aprobado se refirió que el 8 de julio del 2019, la SSPC estableció un acuerdo en el que mencionó que ningún integrante de esa corporación sería despedido ni se le solicitaría su renuncia, sino que mantendrían su empleo, sueldo, antigüedad y prestaciones.

Sin embargo, en el punto tres, se restringió una de las percepciones que se les entregaba, en la medida en que expresamente se indica que “no continuará el pago de las cuotas diarias de apoyo conocidas como ‘operatividad’, situación que, evidentemente, desconoce el mandato de la Constitución federal que dispone que los elementos de la Policía Federal que se integren a la Guardia Nacional mantendrán todas sus prestaciones”, resolvió la Segunda Sala.

“Ciertamente, aun cuando la materia del acuerdo en comento es regular, el proceso de transición y adscripción de los miembros de otras corporaciones a la Guardia Nacional —por mandato expreso del Constituyente Permanente—, lo cierto es que el Ejecutivo federal es omiso en regular suficientemente las condiciones de transferencia de los elementos de la Policía Federal, porque no establece las condiciones que regirán a éstos en cuanto a grado y prestaciones.

“De lo anterior se advierte que la omisión que se ha detectado en el acuerdo administrativo en estudio genera incertidumbre, máxime si se tiene en cuenta la normatividad que sobre el tema ha emitido la autoridad administrativa correspondiente, no ha seguido la exigencia establecida en el artículo tercero transitorio de la reforma constitucional en esta materia”, se lee en el proyecto aprobado.

En la misma resolución, la Segunda Sala de la Corte resolvió que no es inconstitucional ni equitativo que los elementos de las Fuerzas Armadas que fueron transferidos a la Guardia Nacional conserven su grado, rango, antigüedad y todas sus prestaciones, debido a que “las Fuerzas Armadas Mexicanas están sujetos a un régimen laboral especial por disposición constitucional”.

La sentencia mencionó que los elementos de las policías Militar y Naval fueron asignados a la GN a modo de un mero cambio de adscripción que puede ser no definitivo y tampoco implica una desaparición de sus instituciones de origen, como son el Ejército mexicano, la Fuerza Aérea y la Marina.

“En ese tratamiento no caben los elementos de la Policía Federal que se transfieran a la Guardia Nacional, dado que su cambio de institución es permanente e, incluso, aquella dependencia policial se extinguirá, por lo que es inviable la posibilidad de equiparar las insignias de una institución que ya no existirá, ni es necesario precisar que sus elementos funcionarán de manera separada a esa institución de origen, pues la sujeción a la Guardia Nacional es evidente porque se trata de una transferencia permanente derivada de la próxima desaparición de la Policía Federal, lo que elimina cualquier posibilidad de seguir dependiendo de ésta”, se declaró.

politica@eleconomista.mx

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